El estado de cosas inconstitucional sigue vigente en La Guajira, pues, aún no cesan la crisis humanitaria y los problemas sociales, económicos y de corrupción que se viven en el departamento (TeleSur, 2019). Pasados dos años del gobierno Duque, aún no hay soluciones estructurales. Mientras los canales oficiales de comunicación muestran una imagen positiva del presidente, en la realidad, todo queda en promesas. Para el segundo año de gobierno, se esperaba una atención real y efectiva, pues, en sus visitas en 2018 y 2019 y en sus reuniones con gobernantes locales (Gobernación de La Guajira, 2020), el presidente se jactó del lanzamiento de diversos programas para el departamento. No obstante, las crisis continúan y se exacerban con los riesgos de propagación de la covid-19 (El Heraldo, 2020a).
Persiste el estado de cosas inconstitucional
La Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación, diversas fundaciones, organizaciones no gubernamentales (ONG), activistas, y periodistas nacionales y extranjeros han hecho visible la crisis de la etnia wayuu en el departamento de La Guajira desde 2014. Al punto de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares al pueblo wayuu en 2015. A esto, siguió la declaración de estado de cosas inconstitucional en La Guajira por parte de la Corte Constitucional, en Sentencia T-302-17 (Corte Constitucional, 2017). El fallo judicial reconoció que existe una vulnera-ción masiva y generalizada de los derechos constitucionales del pueblo wayuu e impuso una serie de condiciones para dar por superado dicho estado de cosas inconstitucional. Entre estas, las comunidades deberán tener un goce efectivo de:
Agua potable de calidad, sostenible y suficiente.
Salud.
Alimentación.
Participación étnica: la Corte Constitucional encontró, que, de manera transversal a los derechos ya mencionados, se violó el derecho a la autodeterminación y participación de las comunidades, a través de la imposición de programas gubernamentales, con desconocimiento de las costumbres, tradiciones e instituciones económicas del pueblo wayuu.
Sobre la base de la sentencia referida (Corte Constitucional, 2017), en noviembre de 2019, un grupo de la ciudadanía y organizaciones nacionales e internacionales suscribieron una carta dirigida al presidente de Colombia en la que le solicitaron lo siguiente: dar a conocer de manera pública los documentos de planeación para poder evaluar los plazos, presu-puestos, responsables y cronogramas con los que se hace evidente el compromiso del Gobierno para cumplir con lo ordenado por la Corte Constitucional. En la carta, se pidió información acerca del cumplimiento de cada una de las tareas ordenadas por el Tribunal, entre ellas, las siguientes:
La creación de un sistema de información (p. 93, 7.5).
La creación y definición de un plan de acción para superar la crisis, que incluya tiempos de progreso y garantice un avance sostenible y no discriminatorio (pp. 103, 8.2; 106, 8.4; 107, 8.6; 110, 8.7).
La definición de medidas legislativas, administrativas o presupuestales para evitar la vulneración de derechos (p. 122, 9.1.3.4).
El diseño de un “mecanismo especial” para la formulación, evaluación y seguimiento (p. 128, 9.2).
Rendición de cuentas y cronograma (p. 134, 9.3.5.1).
Ruta de los planes, programas y proyectos para superar la crisis a través del cumplimiento de los ocho objetivos constitucionales mínimos (p. 338). La respuesta a dichos requerimientos por parte de Martha Alicia Corssy Martínez, asesora de la Presidencia, fue:
Quien tiene la competencia para establecer el nivel de cumplimiento del fallo, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 2591 de 1991, es el juez de primera instancia del proceso de tutela, que para el caso de la Sentencia T-302 de 2017 es el Honorable magistrado Jhon Rusber Noreña Betancourth de la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior de Riohacha. Asimismo, el deber jurídico de conformar, mantener y archivar el expediente del proceso es, en el caso de la Sentencia T-302 de 2017, el Tribunal Superior de Riohacha, por lo que la información sobre el proceso puede ser solicitada a esa entidad judicial.
La anterior respuesta es un ejemplo de la desatención y evasión por parte del Gobierno ante la crisis humanitaria que se ha vivido permanentemente en La Guajira. En su segundo año de gobierno, el presidente Duque no ha adoptado los mecanismos de seguimiento y los planes necesarios para que desde las diferentes dependencias se dé cumplimiento a tan importante decisión para el pueblo guajiro (véase El Heraldo, 2019b).
Defendiendo los derechos humanos en medio de amenazas
Las continuas amenazas, intimidaciones, secuestros y asesinatos siguen ocurriendo en el departamento de La Guajira y en varias zonas de Colombia, en especial, en contra de líderes sociales y activistas que protegen el derecho al agua y a la vida en los territorios invadidos por el extractivismo minero. Sin embargo, no solo han sido amenazas de actores incógnitos. Desde 2018, organizaciones sociales como Nación Wayuu, Fuerza de Mujeres Wayuu y líderes sociales de la región han denunciado atropellos, llamadas intimidantes e intentos de arresto arbitrarios por parte de la Policía Nacional de Colombia (El Heraldo, 2019b, 2020b; Frontline Defenders, 2019). Esta situación se repitió en junio de 2020. Entonces, organizaciones internacionales apoyaron a Nación Wayuu, como parte de un proceso para superar la crisis alimentaria de familias wayuu por la pandemia, en el suministro de alimentos. Eso fue motivo para que el representante de la organización, José Silva, recibiera acusaciones infundadas de corrupción por parte de la Policía Nacional.
Además de incontables intimidaciones a los miembros del movimiento, en febrero de 2019, Nación Wayuu denunció el incendio de la enramada de Katsaliamana. Este sitio de reuniones de las autoridades tradicionales tiene un carácter espiritual, pero, también, constituye el símbolo de resistencia del movimiento: es desde allí que los miembros han consolidado el proceso de reunión y fortalecimiento para la exigencia de sus derechos. Ese incendio representó un serio atentado contra la palabra y las tradiciones ancestrales, fundamentales en la solución de conflictos para los wayuú.
Estos ejemplos son, apenas, una muestra del alarmante déficit en materia de respeto a los derechos humanos de los líderes sociales en Colombia. Tal como lo señaló el relator de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Michael Forst, tras su visita a Colombia en diciembre de 2018, “la situación de líderes es la más dramática que he visto”.
El extractivismo y su impacto en el pueblo wayuu
La empresa Carbones del Cerrejón, que explota carbón en la región hace más de 40 años, ha sido parte fundamental en la crisis. De acuerdo con la Sentencia T-704 de 2016, la empresa debe reparar los daños económicos, ambientales, culturales y sociales a la región. A pesar de ello este, como otros fallos que declaran la responsabilidad de la empresa y el Estado, sigue sin cumplirse. Ya han pasado dos años desde la primera mesa de concertación y, hoy, no se ha implementado un plan de acción con cronogramas, responsabilidades y presupuestos en el que la empresa y el Estado se comprometan realmente con el cumplimiento del fallo judicial. Por otra parte, las comunidades se enfrentan a una nueva amenaza: la instalación de parques eólicos que ponen en peligro sus territorios y podrían alterar aún más sus medios tradicionales de subsistencia, tejidos sociales, económicos y, sobre todo, la autonomía sobre su cultura y tradición. Una vez más, dichos proyectos han avanzado sin contar con los mecanismos de consulta previa libre e informada a las comunidades.
Ante la desatención de la administración Duque y la evidente captura corporativa solicitamos a la comunidad internacional lo siguiente: un observatorio permanente de los conflictos creados por la actividad minero-energética en territorios indígenas, acompañamiento y asesoría en los procesos de gobernanza, de manera que puedan desarrollarse mecanismos de transición a un desarrollo sostenible; esto último se haría por medio de programas de cooperación internacional que abarquen los temas de reparación de los daños causados durante todo el tiempo de actividad minera en la región y permitan recuperar los antiguos métodos de supervivencia, para garantizar la preservación de las culturas originarias.
El manejo de la pandemia
La emergencia de salud pública por la covid-19 agudiza la alta y grave vulnerabilidad de la comunidad indígena wayuu, en especial, de sus niños y niñas. Vulnerabilidad originada en la emisión de material particulado en la mina de carbón a cielo abierto.
Recientes estudios, adelantados en el contexto de la pandemia, han mostrado una asocia-ción entre la contaminación del aire y un incremento en tasas de mortalidad por covid-19. Estos trabajos muestran que, incluso, el pequeño incremento de una sola unidad de mate-rial particulado de PM 2.5 aumenta el riesgo de problemas respiratorios que pueden ser fatales para pacientes con este coronavirus (New York Times,2020)1.
A esta preocupa-ción, se suman informes internacionales que muestran que las minas alrededor del mundo son un punto crítico para la propagación de la covid-19. Los casos graves de covid-19 devienen en enfermedades respiratorias que tendrían una mayor mortalidad en las personas con afecciones respiratorias de salud preexistentes, como es el caso de la comunidad wayuu de Provincial. Esto es supremamente grave si se tiene en cuenta que, según se demostró en la reciente decisión judicial de la Corte Constitucional T-614 de 2019, las historias clínicas de la comunidad wayuu de Provincial y un informe de la Secretaría de Salud y Sanidad Pública Municipal de Barrancas revelan que existe una preocupante incidencia negativa y recurrentes afecciones en el funcionamiento del sistema respiratorio de los integrantes de la comunidad.
1. Según un informe, los sitios mineros en Canadá, Estados Unidos y en todo el mundo se han convertido en puntos críticos para la propagación del coronavirus, y los sitios de minería se vinculan con brotes del virus en varias comunidades indígenas y remotas (The Guardian, 2020b).
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