El Tribunal Permanente de los Pueblos: sobre el genocidio, los crímenes contra la paz y la impunidad en Colombia
by Comunicaciones
8 octubre, 2021
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Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos
Sesión 48ª del Tribunal Permanente de los Pueblos en Colombia
Las restricciones sanitarias impuestas a nivel mundial para contener la expansión de la pandemia no fueron impedimento para que cientos de organizaciones sociales, de víctimas, estudiantiles, de movimientos políticos de oposición, de mujeres, indígenas y afrodescendientes, sindicales, campesinas y de derechos humanos se congregaran en las ciudades de Bucaramanga, Medellín y Bogotá y de manera virtual del 25 al 27 de marzo de 2021 para exponer ante un tribunal compuesto por 13 jueces de distintos países del mundo los documentos preparados durante varios meses para dar cuenta de las prácticas del genocidio político con los cuales el Estado colombiano ha venido destruyendo desde hace más de 70 años los procesos organizativos de diversos sectores urbanos y rurales en todo el territorio nacional (CCEEU, 2021).
La sesión 48ª del Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) trató del genocidio político, la impunidad y los crímenes contra la paz en Colombia, y fue convocada por 349 organizaciones y representantes de la sociedad civil para exponer ante su jurado la intensificación de prácticas genocidas que, desde la firma del Acuerdo final para la finalización del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (en adelante, Acuerdo de paz) y bajo el gobierno Duque se están llevando a cabo en contra los liderazgos y bases de los movimientos sociales, los territorios y los excombatientes firmantes del Acuerdo de paz (CCEEU y Movice, 2020).
La Audiencia se desarrolló de manera presencial en Colombia, con asistencia del Secretario General del Tribunal Gianni Tognoni, y de la juez Mireille Fanon Mendez-France por delegación de los demás integrantes del Jurado que acompañaron las sesiones de manera virtual desde sus respectivos países. En la solicitud al TPP para la realización de la sesión sobre Colombia se pidió a este tribunal examinar como ejes de su juzgamiento tres temas:
El genocidio político continuado contra los movimientos sociales y de oposición política,
Los crímenes contra la paz perpetrados históricamente desde el poder del Estado, recrudecidos bajo el gobierno de Iván Duque, y
La impunidad estructural que convalida y favorece la reiteración de estos crímenes.
El TPP: mecanismo internacional alternativo a la ausencia de justicia interna
El Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) es un tribunal de opinión o de conciencia que no representa los poderes estatales; de ahí se desprenden sus límites, pero también sus enormes posibilidades. En palabras de Jean Paul Sartre, uno de sus principales inspiradores, representa “una institución llamada a desempeñar la auténtica magistratura popular” (Sartre, 1967) en ausencia de la capacidad, lastimosamente cada vez más menoscabada de las diversas instituciones nacionales e internacionales de enjuiciar las graves violaciones a los derechos humanos, perpetradas de manera recurrente contra distintos pueblos del mundo, y de traer a sus perpetradores ante la justicia
Aunque el TPP no tiene capacidad de imponer la fuerza sus dictámenes, su legitimidad se funda, no en la fuerza de las armas o el poder de coacción que encarnan los Estados, sino en la fuerza moral de la gente, las organizaciones sociales y las víctimas para fijar el sentido y los esfuerzos operativos de los pueblos del mundo, en situaciones que urgen la movilización de la conciencia internacional cuando ante las atrocidades perpetradas queda en evidencia la imperfección del derecho internacional y la incapacidad de las instituciones estatales o interestatales de formular juicios que tengan efectividad. El TPP se fundó en Boloña, Italia, en 1979 como mecanismo para dar permanencia a la experiencia de lo que fueron los Tribunales Russell I sobre los crímenes de los Estados Unidos y otras potencias en Vietnam (1966-1967) y Russell II sobre las dictaduras de América Latina (1974-1976).
Por iniciativa del Senador italiano Lelio Basso el Tribunal Russell se transformó en un foro permanente de denuncia para las comunidades que padecen la ausencia del derecho internacional. El TPP surgió como consecuencia de la necesidad de crear instrumentos de investigación, análisis, enjuiciamiento independiente y agendas de movilización civil para que acompañen el proceso de liberación de las opresiones, sometimiento colonial, discriminación o prácticas genocidas e injusticias que sufren distintos pueblos del mundo.
Para llevar a cabo el proceso de enjuiciamiento sobre el genocidio en Colombia el TPP designó a 13 eminentes juristas, académicos y líderes con amplio reconocimiento a nivel internacional: Daniel Feierstein (Argentina), Luigi Ferrajoli (Italia), Lottie Cunningham Wren (Nicaragua), Michel Forst (Francia), Graciela Daleo (Argentina), Mireille Fanon Mendès-France (Francia), Andrés Barreda (México), Luciana Castellina (Italia), Antoni Pigrau Solé (España), Esperanza Martínez Yánez (Ecuador), Luis Moita (Portugal), Monseñor Raúl Vera (México) y Philippe Texier (Francia) como presidente del TPP. En nombre del pueblo colombiano y de los sectores que expusieron la relación de las prácticas de genocidio, impunidad y crímenes de guerra sustentaron la acusación al Estado de Colombia los fiscales Iván Velásquez y Ángela María Buitrago, juristas colombianos de gran prestigio, competencia y reconocimiento.
Las prácticas genocidas denunciadas
Luego de más de un año de preparación de los trabajos para documentar los procesos genocidas practicados en contra de diversos sectores, movimientos y organizaciones se presentaron en las sesiones 55 casos de prácticas genocidas referidos a diez ejes de victimización que comprendían pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes, campesinos, organizaciones sindicales, movimientos políticos, líderes sociales, movimiento estudiantil, situación en las cárceles, exilio y territorio/naturaleza.
Los pueblos indígenas dieron cuenta de la existencia de un proceso sistemático y continuado en el cual han sido identificados como “enemigos internos” que ha llevado a que 39 de los 102 pueblos existentes estén hoy en peligro de extinción física y cultural, con acciones como las documentadas por el Centro Nacional de Memoria Histórica que registró 423 indígenas víctimas de desaparición forzada entre 1970 y 2015. La Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), el pueblo Barí (departamento de Norte de Santander) y el Emberá Chamí (departamento de Caldas) expusieron las prácticas de exterminio y persecución que han padecido. Las comunidades afrodescendientes y campesinas denunciaron situaciones similares padecidas por la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos de Colombia (ANUC), el campesinado de Cajibío (departamento de Cauca), la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, las comunidades de Chámeza y Recetor (departamento de Casanare), las comunidades de El Carmen y San Vicente de Chucurí (departamento de Santander), el Putumayo y la Zona de Reserva de la Perla Amazónica, las comunidades del Sur de Bolívar, la victimización masiva en Villarrica (departamento de Tolima), en los Llanos Orientales, el Centro Oriente colombiano y el genocidio de la militancia del Coordinador Nacional Agrario. Por parte del movimiento sindical, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Escuela Nacional Sindical, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario (Sinaltrainal) y la Unión Sindical Obrera denunciaron que entre 1986 y 2018 fueron asesinados 3.179 sindicalistas, de los cuales 2.840 eran afiliados a la CUT.
Para mostrar el genocidio continuado contra los movimientos y partidos políticos que han pugnado por cambios sociales y políticos frente al orden social injusto se denunció que el Movimiento Gaitanista tuvo más de 300 mil personas asesinadas entre mediados de la década de 1940 y 1958. También se denunciaron prácticas de exterminio y patrones de acciones represivas en contra del Partido Comunista Colombiano (PCC) y la Juventud Comunista (JUCO) por décadas desde la fundación del PCC en 1930. En el caso de la Unión Patriótica se denunció que entre 1984 y 2006 ocurrieron más 6.500 violaciones a los derechos humanos, entre ellas 3.111 homicidios, 471 amenazas, 131 judicializaciones infundadas, 280 tentativas de homicidio, 1.610 desplazamientos, 508 desapariciones forzadas y tres casos de violencia sexual. El Estado colombiano se niega a reconocer estas víctimas, aun en instancias internacionales y el aparato de justicia se empecina en negarle el carácter genocida al exterminio de este sector de la población.
Se denunció el genocidio contra el movimiento A Luchar registró 723 violaciones de derechos humanos contra 529 de sus militantes y simpatizantes, también los innumerables casos de asesinatos, desapariciones y torturas padecidos por la militancia y dirigentes del Movimiento M19. Del Frente Popular se exhibió el asesinato o desaparición forzada de 64 de sus militantes entre agosto de 1987 y noviembre de 1989 y otros 120 militantes entre 1987 y 1990. En el proceso genocida en contra de la Marcha Patriótica se denunció el asesinato de 260 líderes y activistas entre 2012 y febrero de 2021 y 11 más víctimas de desaparición forzada. Antes de esto, entre 1972 y 1982 se había llevado a cabo el exterminio del partido Unión Nacional de Oposición en el cual se denunciaron más de 1930 crímenes de violación de derechos humanos, incluidas 22 desapariciones forzadas, 107 homicidios de militantes y 127 homicidios de articuladores sociales. La senadora Victoria Sandino denunció que desde el 13 de noviembre de 2016 hasta el momento de la Audiencia habían sido asesinados 272 excombatientes de las Farc-EP y 14 estaban desaparecidos, todos ellos firmantes del Acuerdo de paz.
Sobre líderes y lideresas sociales así como también defensores de derechos humanos también hay un genocidio en marcha, con más de 810 asesinados en los tres años que van del gobierno Duque, incluyendo entre sus instrumentos, además de los homicidios, amenazas, detenciones arbitrarias, atentados, desapariciones forzadas, torturas, violencia sexual, secuestro y homicidio de parientes, criminalización y judicialización arbitraria, como mecanismos de destrucción del tejido social y comunitario en los territorios en donde actúan. Entre 2017 y 2019 fueron asesinadas 107 mujeres defensoras, mientras otras han sido víctimas de violencia sexual, tortura o el asesinato de parientes cercanos. Igualmente se presentó el exterminio de dirigencia y activistas del movimiento estudiantil, con decenas de víctimas en instituciones como la Universidad Industrial de Santander, la Universidad de Antioquia y la Universidad Nacional de Colombia.
Otra herramienta del proceso genocida expuesto en la Audiencia fue la situación de judicialización de amplios sectores señalados como parte del “enemigo interno”, lo que conlleva a situaciones de opresión, tortura y marginación en las cárceles, sometiendo a los presos políticos a falta de garantías y situaciones de oprobio e indignidad. El exilio como otra práctica genocida denunciada por millones de personas colombianas en 54 países evidenció situaciones de migración por la fuerza, motivado por la persecución política, el conflicto armado, la violencia racial, religiosa, de género, obligando a los exiliados a establecerse en otros países en condiciones precarias, además de la ruptura de vínculos con sus familias, sus colectivos de pertenencia y abandono de su territorio.
Por último, el TPP pudo constatar que en todos los casos presentados por comunidades campesinas, indígenas y afrocolombianas se hizo especial énfasis en las afectaciones a la naturaleza. El despojo del territorio, la destrucción de la biodiversidad, de los bosques, de la calidad del aire o del agua ha afectado la integridad física, la salud de las personas, su identidad cultural y la propia continuidad de sus formas de vida individual y colectiva causando la destrucción o la pérdida de uno o más ecosistemas, en un territorio determinado, configurando un ecocidio en los términos del artículo 5 del Estatuto del Tribunal (TPP, 2018).
Contexto y antecedentes del TPP en Colombia
La documentación de los casos de procesos sociales y militancia política de partidos de oposición que han sido objeto de exterminio por más de 70 años se desarrolló en un contexto de múltiples debates sobre el genocidio en Colombia, en momentos en que la Jurisdicción Especial para la Paz había dado cuenta de que instrumentos de exterminio colectivo como las ejecuciones extrajudiciales perpetradas entre los años 2002 y 2008 habían afectado a por lo menos 6.402 víctimas de esa modalidad de aniquilamiento de personas estigmatizadas, y frente a las cuales la Fiscalía reportaba haber investigado la tercera parte de esas “muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate”, es decir sólo 2.248 víctimas, de las cuales la mayoría de los casos estaban en preliminares, sin investigaciones efectivas y sin que se hubiera acusado o condenado a ninguno de los responsables con mayor nivel de mando.
Afiche “¿Quién dio la Orden?”. Fuente: Campaña por la Verdad, Movice.
La cifra 6.402 se convirtió en un ícono de la memoria colectiva de las víctimas de este tipo de exterminio. La Campaña por la Verdad impulsada por el Movice y diversas organizaciones de derechos humanos y otras organizaciones de manera espontánea masificaron el afiche “¿Quién dio la Orden?” que relaciona los retratos de los mandos de las unidades militares comprometidas con el mayor número de casos de estas prácticas genocidas y el número de víctimas. La comunidad y familiares de las víctimas hacían presencia en el espacio público con carteles con inscripciones como “Que pare el genocidio”, “Nos están matando” y “S.O.S. Genocidio Colombia”. En todas estas pugnas por la visibilidad de la resistencia de las víctimas frente al genocidio las fuerzas militares y la policía censuraron la expresión de las víctimas borrando los murales (Saldarriaga, 2020) y haciendo uso del sistema penal para continuar la persecución contra las organizaciones de víctimas tratando de impedir las manifestaciones de denuncia en los espacios públicos (Movice, 2019).
Mural en Medellín, departamento de Antioquia. Fuente: Saldarriaga (2020).
Mientras tanto las calles se llenaban de expresiones de resistencia en el paro nacional, que entre sus reivindicaciones exigía no sólo la implementación de los compromisos del Acuerdo de paz, sino también el cese del exterminio a los líderes sociales y el fin de la violencia policial. La respuesta estatal de brutalidad y violencia indiscriminada contra los manifestantes evidenció una vez más la voluntad de los perpetradores del genocidio hoy en el poder, de profundizar sus prácticas con la demostración en vivo de un genocidio en contra la juventud inconforme que salió a las calles y que en el marco del paro fue víctima de 87 homicidios, más de 1905 heridos, entre otras agresiones (Campaña Defender la Libertad, 2021).
Mural en Cali, departamento de Valle del Cauca. Fuente: Periferia.
Esta sesión sobre el genocidio político fue la tercera del TPP sobre Colombia. Una primera sesión se llevó a cabo entre 1989 y 1991 para enjuiciar la impunidad de los crímenes de lesa humanidad en 12 países de América Latina, entre ellos Colombia con sesión final deliberante en Bogotá del 22 al 25 de abril de 1991 (TPP, 1991). La segunda sesión del TPP sobre Colombia se llevó a cabo 15 años después sobre las empresas transnacionales y derechos de los pueblos en Colombia, entre 2006-2008 con sesión final en Bogotá del 21 al 23 de julio de 2008 (TPP, 2008).
En esta ocasión por primera vez, colectivamente y de manera unánime, se presentaron 55 casos de resistencia a procesos de persecución y exterminio categorizados bajo el concepto de Genocidio, y no sólo como violaciones graves de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad. Esto evidencia la práctica genocida sistemática y continuada que ha tenido como finalidad la destrucción parcial del colectivo social en Colombia, y que han reconfigurado el país como uno de los más desiguales, polarizados social y económicamente y con las mayores brechas de exclusión no sólo en el continente sino en el mundo. Todo ello mediante la imposición permanente de la guerra, la obstrucción violenta de cualquier iniciativa de búsqueda de salidas negociadas y la traición a los acuerdos de paz.
El uso consensuado del concepto de “genocidio” o “proceso genocida” para calificar la memoria colectiva de las dinámicas de persecución y exterminio denotan un aumento de la conciencia colectiva sobre los procesos históricos –y actualmente impulsados desde la facción en el poder– de destrucción del tejido social y de las relaciones de solidaridad y cooperación que mediante los esfuerzos por la paz ha buscado construir la sociedad colombiana. Asimismo, evidencia la imposición del modelo de reconfiguración económica y social (“refundación de la patria” se denominó en el pacto de las élites políticas con los paramilitares en San José de Ralito) que pone los recursos, los territorios y el mismo poder del Estado al servicio de una minoría privilegiada y violenta, históricamente enemiga de salidas negociadas y de la paz justa y sostenible. Esta comprensión de los procesos de terror impuestos desde la criminalidad estatal y paraestatal debe constituirse en un avance en la resignificación del pasado para impulsar la movilización y poner fin al genocidio, además de llevar a sus perpetradores ante la justicia, única vía para concretar las aspiraciones de paz, memoria, justicia y convivencia solidaria por la que llevan décadas resistiendo varias generaciones de colombianos y colombianas.
Mural en Bogotá DC, 2021. Fuente: https://cerosetenta.uniandes.edu.co/
La sentencia del Tribunal
El 17 de junio de 2021 el Presidente del Tribunal de los Pueblos Philippe Texier y varios de los y las jueces hicieron lectura pública del fallo del TPP luego de casi tres meses de deliberaciones internas y de elaboración de la Sentencia (TPP, 2021). En ella se reconoce la existencia de políticas estatales represivas en los distintos gobiernos de los últimos 70 años, destinadas a reprimir radicalmente, hasta el exterminio físico, toda oposición democrática y manifestación social de inconformidad, protesta o demanda de cambio, para imponer modelos de sociedad excluyentes de los derechos fundamentales a pesar de estar constitucionalmente reconocidos.
El documento de la Sentencia comienza con la síntesis de los casos expuestos por las organizaciones en la Audiencia. Luego se presentan los factores históricos y geopolíticos que han marcado la génesis y evolución del genocidio en Colombia, con especial atención al papel de los Estados Unidos en la formación, adoctrinamiento y acompañamiento a la implementación de doctrinas y prácticas que han jalonado los procesos de destrucción parcial de distintos sectores del grupo nacional colombiano durante las últimas siete décadas. El apartado subsiguiente trata de los aspectos esenciales del marco jurídico legal e internacional sobre el genocidio, los crímenes de guerra y la lucha contra la impunidad. Se reseñan también las sucesivas frustraciones a los anhelos de paz e incumplimientos sistemáticos a los acuerdos celebrados. Anticipa el final una importante sección sobre la calificación jurídica del genocidio y se concluye con el fallo y recomendaciones a diversos órganos e instancias de la comunidad nacional e internacional.
Conclusiones
Luego de escuchar las denuncias, los testimonios y las peticiones de las organizaciones y movimientos sociales en la Sentencia sobre el genocidio en Colombia, el TPP encontró motivos suficientes para condenar a los sucesivos gobiernos de Colombia desde 1946 hasta el día de hoy por:
Su participación directa e indirecta, por acción y por omisión, en la comisión de un genocidio continuado dirigido a la destrucción parcial del grupo nacional colombiano, que se ha proyectado sobre los intentos de construcción de espacios políticos que cuestionen el modelo político imperante de desigualdad social y sobre cualquier intento de protesta y resistencia contra los efectos del mismo.
Por su responsabilidad en la comisión de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, en particular contra la población civil.
Por el incumplimiento de sus obligaciones de prevención, investigación y sanción del genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad.
Por haber adoptado doctrinas militares y estrategias de seguridad basadas en la existencia de un enemigo interno.
Por haber facilitado la expulsión de millones de personas de sus tierras y haber permitido la ocupación de esas tierras por parte de empresas dedicadas tanto a negocios legales como ilegales.
Por haber promovido o permitido la afectación grave de los territorios y de los ecosistemas para la implantación de proyectos económicos fundados sobre el despojo y la expulsión de comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas.
Por el componente de racismo institucionalizado que denota la especial victimización de las comunidades indígenas y afrodescendientes.
Por haber alentado y facilitado la actividad de los grupos paramilitares.
Por crear y relato a través de los medios de comunicación basado en el desprestigio, la deslegitimación y la estigmatización de cualquier reivindicación social.
Por la utilización indebida del derecho penal para criminalizar a las personas y grupos que han ejercido el derecho de protesta y de defensa de los derechos humanos. Y,
Al gobierno actual, por el incumplimiento de los compromisos adquiridos en todos los Acuerdos de Paz.
El Tribunal Permanente de los Pueblos condenó también a los sucesivos gobiernos de los Estados Unidos desde 1946 por la exportación de la ideología criminal que avala la consideración de parte de la población como enemigo interno, el paramilitarismo, la represión de la oposición política y social y la tortura y por su participación decisiva en el apoyo a los gobiernos de Colombia en estos propósitos. Condenó también a las empresas nacionales y transnacionales que hayan participado en las graves violaciones de derechos humanos descritas en esta sentencia.
Para superar el genocidio, la impunidad y los crímenes que han impedido el logro de la paz en Colombia el Tribunal Permanente de los Pueblos hizo recomendaciones que deberían ser implementadas por el gobierno de Colombia, los gobiernos de los Estados Unidos, la Unión Europea y los países que han apoyado los esfuerzos de paz, así como a las empresas nacionales y transnacionales, al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición así como a la Corte Penal Internacional.
Si la justicia de los Estados no tiene voluntad de impedir y sancionar los abusos de estos “poderes salvajes” sólo queda activar el poder de los ciudadanos para obligar a los Estados a actuar a su favor, y entretanto, apelar a la conciencia indignada de la humanidad (Ferrajoli, 2011). Estos tribunales de opinión como el TPP se tornan más relevantes en las condiciones en que los Estados han sido capturados por poderes criminales y es desde el Estado que se asesina, se delinque, se encubre y perpetra el genocidio contra el propio grupo nacional. De ahí se desprende la importancia de esta sentencia del TPP.
Referencias
Campaña Defender la Libertad [@DefenderLiberta] (2021, 22 de julio). #SOSColombiaDDHH @DefenderLiberta se permite informar que luego de 84 días de protesta social en el marco del #ParoNacional se han registrado [Infografía adjunta]. [https://twitter.com/DefenderLiberta/status/1418339009856786436]
Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU) (2021, marzo). Tribunal Permanente de los Pueblos juzgará al Estado colombiano por genocidio político, impunidad y crímenes contra la paz. https://coeuropa.org.co/tpp-colombia-2021/
Ferrajoli, L. (2011). Poderes salvajes. La crisis de la democracia constitucional. Madrid: Editorial Trotta.
Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) (2019, 30 de octubre). Con tutelas buscan censurar mural ¿Quién dio la orden? https://movimientodevictimas.org/con-tutelas-buscan-censurar-mural-quien-dio-la-orden/
Saldarriaga, M. (2020, 6 de noviembre). #NOSESTÁNMATANDO: un mural en 10 ciudades. Cerosetenta-Uniandes. https://cerosetenta.uniandes.edu.co/nosestanmatando-un-mural-con-eco-en-10-ciudades/
Sartre, J. P. (1967). Discurso inaugural de la sesión de Estocolmo y Roskilde del Tribunal Russell. En: Tribunal Russell. Sesiones de Estocolmo y Roskilde. México: Siglo XXI.
Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) (1991). La impunidad de los crímenes de lesa humanidad en América Latina (Bogotá, 22-25 de abril de 1991). https://permanentpeoplestribunal.org/16-la-impunidad-de-los-crímenes-de-lesa-humanidad-en-in-america-latina-bogota-22-25-de-abril-de-1991/?lang=es
Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) (2008). Empresas transnacionales y derechos de los pueblos en Colombia, 2006-2008. http://permanentpeoplestribunal.org/wp-content/uploads/2006/04/Colombia_VII_TPP-Es.pdf
Tribunal Permanente de los Pueblos, Colombia (2021). Página Oficial del Comité de Impulso. Sentencia. Sesión sobre Genocidio político, impunidad y los crímenes contra la paz en Colombia https://www.tppcolombia.com/wp-content/uploads/2021/06/SENTENCIA-TPP-COLOMBIA-16-JUNIO-2021_CON-ANEXOS_DEF.pdf
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