Griselda Lobo / Sandra Ramírez. Senadora de la República
El Gobierno colombiano ha negado y afectado la implementación del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (2016) (en adelante, Acuerdo final). En particular, han sido de gran impacto los incumplimientos a la reforma rural1, a la participación política de los representantes de las regiones más golpeadas por el conflicto armado2 y aquellos en materia de reincorporación3. Estos últimos incumplimientos han ido generando crisis al interior y exterior del partido producto del Acuerdo final, el partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común.
La falta de implementación de distintos compromisos en materia de reincorporación puede entenderse como una violación de los derechos humanos en tanto que estos acuerdos se construyeron con la participación del Estado colombiano en procura de suscitar condiciones propicias para la consolidación de una paz estable y duradera, derecho fundamental de todas las gentes y todos los pueblos. Además, el derecho a la educación, el derecho al trabajo y el derecho a la vida han sido y serán siempre puntos en común del Acuerdo final y del proceso de reincorporación, puesto que sabemos que son tres de los pilares fundamentales para construir un país en paz con justicia social y para las gentes del común.
El siguiente texto tiene como propósito esbozar algunas de las dificultades del proceso de reincorporación. Se buscará contrastar lo estipulado en el Acuerdo final firmado entre quienes hicimos parte de las antiguas Farc-EP y el Estado colombiano y el Plan Marco de Implementación. El documento incluye lo siguiente: primero, nos centraremos en el proceso de acreditación y buscaremos mostrar cómo persiste la intención del gobierno de Iván Duque de no dar libertad a las y los compañeros privados de la libertad. Segundo, buscaremos mostrar cómo el proyecto de reincorporación de menores, denominado Camino Diferencial de Vida, no se ha gestado según lo pactado y ha generado consecuencias en el desarrollo de las y los menores, hoy ya personas adultas, que hacían parte del proceso de reincorporación. Tercero, recogeremos de manera muy concreta los casos de persecución política, traducidos en el asesinato sistemático y el desplazamiento forzado de los firmantes del Acuerdo final. Por último, entregamos recomendaciones para que se trabaje por una reincorporación con plenas garantías.
Acreditación
Tras la firma del Acuerdo final (24 de noviembre de 2016), se sancionó la Ley 1820 el 30 de diciembre de 2016, titulada Ley de amnistía, indulto y tratamientos penales especiales. En su artículo 35, esa ley especificaba lo siguiente:
A la entrada en vigor de esta ley, las personas a las que se refieren los artículos 15, 16, 17,22 y 29 de esta ley que se encuentren privadas de la libertad, incluidos los que hubieren sido procesados o condenados por los delitos contemplados en los artículos 23 y 24, quedarán en libertad condicionada siempre que hayan suscrito el acta de compromiso de que trata el artículo siguiente (Ley 1820, 2016, artículo 35).
En el parágrafo del artículo 35 se indicó que la amnistía de iure no se otorgaría a las personas que estuviesen privadas de la libertad en el momento de la sanción de la Ley 1820, a no ser que pudiesen demostrar que llevaban por lo menos 5 años privados de la libertad por los delitos contemplados en esta. A quienes no llevasen más de 5 años privados de la libertad, se les trasladaría a las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN).
Después de tres años y medio de la sanción de la Ley 1820 y de dos del gobierno de Iván Duque, se han acreditado 13.394 compañeros y compañeras de las antiguas Farc-EP. De este grupo, 3.173 eran personas privadas de la libertad y hoy, 183 de ellas, están todavía su sitio de reclusión, algunas, en estados graves de salud. Lo anterior representa una clara violación tanto a lo pactado en el Acuerdo final, como al artículo 35 de la Ley 1820 de 2016.
En este sentido, tanto el partido FARC como las organizaciones de derechos humanos hemos reiterado nuestra preocupación por el incumplimiento a lo pactado por parte del gobierno de Iván Duque en lo que respecta a la vida y libertad de nuestros compañeros.
Menores de edad (programa Camino Diferencial de Vida)
Con el Comunicado conjunto número 70 del 15 de mayo de 2016, proferido por las delegaciones del Gobierno nacional y de las Farc-EP que se encontraban negociando en La Habana, se anunció la salida de menores de 15 años de los campamentos guerrilleros. Se comenzaba a gestar lo que hoy conocemos como el programa Camino diferencial de vida, específico para los menores de edad que habían sido combatientes de las Farc-EP y que debía garantizar la reincorporación integral del menor y su acompañamiento psicosocial, con la veeduría de las organizaciones sociales o especializadas. Además, el comunicado conjunto, como pilar fundamental para el desarrollo del programa, especificaba que los compromisos del gobierno se enmarcaban en lo siguiente: c. [proveer] Educación para los menores de edad (básica, media, técnica y tecnológica, y becas y facilidades de acceso a educación universitaria para quienes alcancen y deseen acceder a dicho nivel académico) (Delegaciones del Gobierno Nacional y las Farc-EP, 2016).
Este compromiso, hasta hoy, no se ha cumplido, de manera que se deja a la deriva a los menores de edad en proceso de reincorporación. Si bien se ha provisto por parte del gobierno acceso a la educación básica y media, factores económicos y políticos han trucado la posibilidad de acceder a educación superior, según lo manifestado reiteradamente por Emilio Archila, consejero presidencial para la Estabilización y la Consolidación en las reuniones de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación del Acuerdo de Paz (CSIVI).
De otra parte, se han reportado acciones de parte del Estado en materia de salud sexual y reproductiva para las mujeres menores de edad. Sin embargo, hemos encontrado un aumento de embarazos de adolescentes y la falta de asistencia y acompañamiento por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y demás instituciones para la toma de decisiones adecuadas respecto a la salud sexual y reproductiva.
Es igualmente preocupante en relación con los jóvenes y adolescentes que falte la implementación del Acuerdo Final, en especial, la Reforma Rural Integral. Sin esa implementación, cuando retornan estas personas a sus familias, se encuentran con las mismas condiciones de desigualdad y de violencia que generaron su ingreso a las filas guerrilleras. Tal situación pone en alto riesgo la permanencia de estas personas en el proceso de reincorporación.
En tal sentido, recalcamos los reclamos de algunas organizaciones, como la Coalición contra la vinculación de niños, niñas y jóvenes al conflicto armado en Colombia (Coalico), centrados en la necesidad de una ley o un decreto que formalice la creación del programa Camino Diferencial de Vida y que lo dote de recursos.
Finalmente, el inciso i del comunicado conjunto mencionado especificaba como principio orientador el “enfoque diferencial, de género, étnico y etario, con especial atención a los derechos de las niñas” (Delegaciones del Gobierno Nacional y las FARC-EP, 2016). Al respecto, el Instituto Kroc, en su informe 3 de 2019, decía:
si bien el programa enuncia la incorporación del enfoque étnico, no hay evidencia de la materialización de las medidas diferenciales ni una participación de los representantes de las comunidades étnicas en su diseño e implementación (Kroc Institute for International Peace Studies, 2019).
Asesinatos y desplazamientos
Desde la firma del Acuerdo final, a los y las excombatientes se les viene persiguiendo política y militarmente. Entre las 13.023 personas guerrilleras que se acogieron al Acuerdo y al proceso de reincorporación, hemos registrado las dolorosas cifras de 220 de ellas que han tenido una muerte violenta, 39, con tentativas de homicidio y 14 desapariciones forzadas de firmantes.
Adicionalmente, por constantes amenazas a la vida e integridad personal de las y los firmantes y a la de sus familias, se han registrado desplazamientos forzados en todo el territorio nacional. El más reciente, el de 93 excombatientes y sus familias, que habitaban en el Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) Román Ruiz, de Santa Lucía, en el municipio de Ituango (Sánchez, 2020).
Los y las firmantes del Acuerdo final mantenemos el compromiso con la construcción de paz, la reconciliación y la no repetición, aun con los incumplimientos por parte del Estado colombiano y la falta de garantías reales de protección en la reincorporación.
Recomendaciones
Se necesitan garantías reales para la reincorporación de las mujeres y hombres privados de la libertad, que el Estado genere las condiciones para su libertad en el marco de lo acordado en la ley 1820 de 2016 y que estas personas puedan recobrar su libertad.
Es urgente adoptar medidas para proteger la vida, libertad e integridad de las y los firmantes del Acuerdo final y las sus familias. Ellos y ellas están en todo el territorio colombiano con el compromiso por la reconciliación y la construcción de paz territorial.
Se necesita contar con mecanismos eficaces para hacer seguimiento y prestar protección inmediata a los casos de amenazas. En particular, en aquellos casos en los que, por el contexto de las regiones, están en inminente peligro las y los firmantes del Acuerdo final y los líderes y lideresas. Para construir la paz estable y duradera se necesita de todas y todos.
Referencias bibliográficas
Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. (2016, 24 de noviembre). Firmado entre el Estado colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo, Farc-EP. Consultado el 10 de agosto de 2020 en https://www.colectivodeabogados.org/IMG/pdf/nuevoacuerdofinal24112016.pdf
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