En el gobierno de Iván Duque – Agresiones a la protesta social

31-(2)-ID

Campaña Defender la Libertad

Desde 2011, la protesta social viene en ascenso en Colombia y varios sectores sociales han sido, desde entonces, sus protagonistas1. En ese año, se hablaba ya de la negociaciones entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las Fuerzas Armadas Revolucionaria de Colombia-Ejército del Pueblo (Farc-EP). En la presidencia de Iván Duque, que inició el 7 de agosto de 2018, la protesta ha continuado como expresión de una ciudadanía plural y para hacerle control político a un gobierno al que le corresponde implementar el Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (en adelante, Acuerdo final) (2016), pero que se ha opuesto a ello.

La postura del Gobierno nacional se ha traducido en retrasos e incumplimientos significativos en varios puntos del Acuerdo final2. Uno de los más afectados es el de la participación política y la apertura democrática, que incluye ajustes normativos para garantizar la movilización y la protesta pacífica3.

El descontento social se ha presentado, específicamente, en su segundo año de gobierno y lo han potenciado sus políticas de reformas laborales y pensionales regresivas. Estas desencadenaron movilizaciones sociales sin precedentes en contra de lo que se denominó el “paquetazo de Duque”. El 21 de noviembre de 2019, comenzó un paro nacional en el que participaron y se articularon múltiples organizaciones sociales, populares, sindicales, campesinas, indígenas, afrodescendientes, estudiantiles, feministas y de los sectores LGBT para rechazar estas medidas y el incumplimiento al Acuerdos final. Si bien estas jornadas no son las únicas en el gobierno Duque, sí son paradigmáticas, por los patrones de criminalización y represión de la protesta social que hacen evidentes. En el Concejo de Bogotá (2020), se advirtió lo siguiente:

(…) durante 2019, se realizaron 797 movilizaciones o manifestaciones, de las cuales, únicamente 95 se tornaron violentas, es decir, solo el 11,9 %. A pesar de ello, entre el 21N y el 19D (27 días) el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) realizó 111 intervenciones. En 27 días, el Esmad intervino más veces que en el número total de las protestas violentas de todo el año 2019.

Si bien las protestas en el contexto del paro nacional fueron pacíficas en su mayoría, la intervención de la fuerza pública fue desmedida. Las jornadas se caracterizaron por el uso excesivo de la fuerza, especialmente del Esmad, pero hubo, también, otras formas de criminalización: el uso indebido del derecho penal por medio de judicialización y, de manera cada vez más evidente y masiva, el uso indiscriminado y abusivo de las detenciones administrativas, en especial, la figura del Traslado por Protección (art. 155 del Código de Policía). Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh, 2020), entre el 21 de noviembre y el 12 de diciembre de 2019, se presentaron en Colombia 1.662 casos de personas privadas de la libertad por medio de los “traslados por protección” a nivel nacional (parr. 89).

El paro nacional tuvo su momento más álgido en noviembre de 2019, pero se extendió a los primeros meses de 2020. Con la llegada de la covid-19 a Colombia, el gobierno de Duque lanzó la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica el 17 de marzo de 2020, que se ha extendido hasta hoy. En este nuevo contexto, la protesta social enmarcada en las reivindicaciones del Comité Nacional del Paro se interrumpió, pero, en términos generales ha continuado en medio de la pandemia.

Los repertorios de la acción colectiva no fueron marchas multitudinarias y multisectoriales en el primer semestre de 2020 y, sin embargo, las cifras del Sistema de Agresión a la Protesta Social (de ahora en adelante, SIAP) de la Campaña defender la libertad: asunto de todas4 muestran la continuación de la protesta social en Colombia y las agresiones a esta durante la cuarentena. Se ha hecho un uso abusivo y excesivo de la fuerza por parte de la fuerza pública en, al menos, tres escenarios de conflictividad social: 1) el contexto de las personas privadas de la libertad en centros penitenciarios, 2) el contexto de los desalojos forzados y de las entregas de las ayudas humanitarias a poblaciones vulnerables y 3) el contexto de la erradicación forzada de cultivos de uso ilícito.

En el primer semestre de 2020, la acción colectiva no tuvo marchas multitudinarias y multisectoriales, pero
continúan la protesta social y las agresiones a esta durante la cuarentena.

Cifras

En seguida, abordaremos cómo se han dado las agresiones a la protesta social en el segundo año del gobierno Duque.
Según los datos del SIAP, entre el 7 de agosto de 2018, el inicio del gobierno de Duque, y el 30 de junio de 2020, se registraron 273 agresiones a la protesta social, lo que quiere decir que ha ocurrido cerca de una agresión cada 3 días. Los hechos se concentran en Bogotá (29 %), Cauca (14 %) y Antioquía (10,6 %) y, en menos proporción, en los departamentos de Atlántico, Valle del Cauca, Santander y Nariño. En estos 6 departamentos y en la capital del país ocurrió el 70,3 % de las agresiones. Las protestas sociales más agredidas por la fuerza pública son las del estudiantado (34 %), de los pobladores urbanos (20 %), las protestas multisectoriales (14 %), las del sector étnico (11,7 %) y las campesinas (6,9 %).

Del total de agresiones, un poco más de la mitad (149, el 54,6 %) tuvo lugar entre el 7 de agosto de 2019 y el 30 de junio de 2020, lo que evidencia una constante agresión a la protesta social durante los dos años del gobierno de Duque. Pero, se intensifica en este segundo año: con el uso excesivo de la fuerza contra las personas que ejercen su derecho a la protesta social y, en segundo lugar, mediante detenciones arbitrarias y masivas bajo la figura del Traslado por Protección o el Traslado por Procedimiento Policivo, como parte de la criminalización a la protesta social. La tabla 1 presenta lo sucedido en este tiempo, cuando se concentran la mayor cantidad de personas detenidas arbitrariamente, personas heridas y, finalmente, homicidios en el contexto de la protesta social.

Desde el 7 de agosto de 2019 al 30 de junio de 2020% con respecto al total de agresiones registradasTotal de agresiones entre el 7 de
agosto de 2018 al 30 de junio de 2020
Traslados por
protección
173286,5%2003
Judicializados26279,9%328
Heridos51167,1%761
Problemas por
asfixia de gases
2153,8%39
Homicidio3771,15%52
Pérdida de ojo2281,5%27
Tabla 1. Consecuencias de las agresiones a la protesta social durante el segundo año del gobierno de Iván Duque – Fuente: información tomada del SIAP. Fecha de corte: 30 de junio de 2020

Detenciones arbitrarias en el contexto de la protesta social

En el segundo año del gobierno Duque se presentaron 1.994 detenciones arbitrarias. De ellas, el 86,9 % corresponde a traslados administrativos (principalmente Traslado por Protección); es decir, solo el 13 % se ha dado con fines de judicialización. Estas detenciones se dan por fuera del procedimiento legal: no se utilizan de manera excepcional (Corte Constitucional, 2017) para proteger la vida e integridad de la persona trasladada o de terceros que estén ante un riesgo o peligro inminente (de acuerdo con el artículo 155 del Código de Policía), sino de manera masiva contra las personas que ejercen sus derechos fundamentales vinculados con el ejercicio de la protesta social. En esa forma, se limita desproporcionadamente el derecho a la libertad personal.

En segundo lugar, en el tipo de traslados administrativos que se está tratando, no se siguen el procedimiento o los requisitos que se establecen al inicio, durante su ejecución y de manera posterior. Por ilustrar solamente algunas irregularidades que se cometen, es común que no se entreguen las personas retenidas a personas allegadas como primera medida para asumir su protección, que no se les informe el motivo del procedimiento y el sitio al que serán trasladadas, que no se les permita comunicarse con alguien para asistirlas, o que se les lleve a sitios no destinados para un traslado por protección y se incurran en demoras para presentar a las personas detenidas ante las autoridades competentes para definir su situación (OMCT y CCCT, 2020, p. 22).

El 74 % de las detenciones arbitrarias registradas en el segundo año de gobierno de Duque ocurrió en el contexto del paro nacional (21N), que se extendió hasta 2020. Entre noviembre de 2019 y febrero de 2020, el SIAP registró 1.477 detenciones: 1.363 fueron administrativas y 114, con fines de judicialización. Esto quiere decir que, durante los 3 meses del paro, 15 personas fueron trasladadas, administrativamente, por día, mientras que 38 fueron detenidas con fines de judicialización cada mes.

Por último, la mayoría de los casos de detenciones arbitrarias durante el paro nacional se concentraron en 4 departamentos y en la capital del país: Bogotá (1.114 casos: 1.081 fueron detenciones administrativas y 33 tuvieron fines de judicialización), Antioquia (99 casos: 93 fueron detenciones administrativas y 6, con fines de judicialización), Santander (63 casos: 61 fueron detenciones administrativas y 2, con fines de judicialización), Valle del Cauca (52 casos: 39 fueron detenciones administrativas y 13, con fines de judicialización) y Nariño (34 detenciones administrativas).

Ahora bien, el uso de las detenciones masivas volvió a presentarse durante una nueva jornada de movilización nacional, esta vez, en el contexto de la emergencia sanitaria provocada por la covid-19. El 15 de junio de 2020 hubo una convocatoria a marchas nacionales por distintos motivos: el rechazo a muertes por discriminación racial, el asesinato a líderes y la emergencia por la violencia feminicida y otras violencias basadas en género, los desalojos forzados que se han dado durante la pandemia en ciudades como Bogotá y Cali, la violencia policial y otros. En Medellín (marcha) y Popayán (plantón), el estudiantado encabezó las protestas, mientras que en Bogotá (marchas) hubo una presencia multisectorial.

El SIAP registró distintos tipos de abuso cometidos en las tres ciudades mencionadas por parte de la fuerza pública. En Popayán, hubo hostigamiento a estudiantes que se encontraban haciendo un plantón para exigir el cese del pago de las matrículas en las universidades públicas para el siguiente semestre. La Policía Nacional actuó imponiendo comparendos de manera masiva las personas que estaban reunidas, como una forma de castigo al ejercicio de la protesta social en épocas de pandemia. Además, se denunció la presencia de militares con armas de largo alcance en el lugar en donde se adelantaba el plantón. También, hubo presencia de integrantes de la fuerza pública sin identificación, hecho que va contra de la normatividad vigente, los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza de los funcionarios públicos5, y los protocolos sobre el tratamiento de la protesta social, como la Resolución 1190 de 2018 del Ministerio del Interior6.

En Medellín y Bogotá, se dio un uso injustificado y desproporcionado de la fuerza para dispersar a las y los manifestantes, así como detenciones masivas. En Bogotá, se registraron 73 detenidos por vía administrativa y 8 con fines de judicialización, mientras que en Medellín, de manera atípica, de las 53 personas detenidas, al menos a 40 se les definió judicialización; el carácter arbitrario de estas detenciones se vio cuando todas recuperaron su libertad al siguiente día (CCEEU, 2020).

La Fundación para la Libertad de Prensa reportó 13 periodistas agredidos en Medellín y no solo en forma física; los agresores dañaron sus equipos y a varios de los comunicadores se les detuvo arbitrariamente (FLIP, 2020). Esto viola el derecho a la libertad de prensa y el derecho al debido proceso. Tres periodistas detenidos con fines de judicialización alcanzaron a estar retenidos por más de 24 horas.

Por otra parte, se denunciaron tratos crueles e inhumanos a las personas detenidas: durante su retención, fueron golpeadas reiteradamente y se reportaron algunos casos de violencia sexual (CCEEU, 2020, p. 4). Es de recordar que existen riesgos diferenciados cuando se dan detenciones arbitrarias: cuando se detiene a mujeres, el castigo se hace en función de su género, como se evidenció en las jornadas del paro nacional del 21N7. La Policía Nacional actúa según marcos culturales discriminatorios: durante los procedimientos policivos, suelen presentarse no solo violencias basadas en el género (por ejemplo, acoso y otras modalidades de violencia sexual), sino, también, violencias racistas expresadas en agresiones físicas y verbales contra mujeres y hombres, por lo general, jóvenes.

Uso excesivo de la fuerza contra las personas que protestan e impunidad

Lo que va del segundo de año del gobierno de Duque se ha caracterizado también por una intensificación en el uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía Nacional, especialmente, del Esmad). Este escuadrón dispersa manifestaciones pacíficas utilizando la fuerza sin necesidad y arbitrariamente y mediante ataques físicos y psicológicos. Para el control de multitudes, usa indebida e indiscriminadamente el armamento de letalidad reducida y armas de fuego, en contravía de los protocolos y lineamientos normativos relacionados con la regulación del uso de la fuerza en contextos de protesta social.

Tales agresiones han aumentado en este segundo año (véase tabla 1) y han dejado al menos a 554 personas heridas. En 21 casos, hubo asfixia por el gas lacrimógeno y en 22, lesiones oculares. Esta última práctica se ha concentrado particularmente en este segundo año de gobierno (81,5 %, con respecto al primer año). En general, lo anterior significa que al menos 3 personas presentaron alguna lesión cada 2 días. En los días del paro nacional ocurrió el 38,2 % de estas agresiones (personas heridas) y más de la mitad (54,5 %) de las lesiones oculares registradas.

Por último, el SIAP muestra el incremento en los homicidios en contextos de protesta social en lo que va corrido del segundo año del gobierno. Es en este periodo que se concentra el 71,15 % de los casos. El asesinato del joven Dilan Cruz ha sido emblemático. El 23 de noviembre de 2019, el joven se manifestaba pacíficamente y recibió un impacto con un proyectil (bean bag) lanzado directamente por uno de los agentes del Esmad8 con la intención de dispersar a quienes protestaban. Ese mismo día, hubo 109 detenciones arbitrarias y 6 personas quedaron heridas. Un día que, además de mostrar la verdadera letalidad que tienen las armas llamadas de baja letalidad cuando se accionan de manera indebida e indiscriminada durante protestas sociales, enseñó el contexto de impunidad de los casos de abuso y de violaciones a los derechos humanos por parte de la fuerza pública.

La Fundación Paz y Reconciliación (Pares, 2020a) informó que Human Rights Watch se reunió en Bogotá en varias oportunidades con el ministro de Defensa, el director de la Policía Nacional y el Fiscal General para abordar el estado de las investigaciones por abusos perpetrados por la fuerza pública desde el paro nacional. De estos encuentros, se destaca lo siguiente: el 22 de enero de 2020, el Fiscal señaló se estaban investigando 72 casos de posibles abusos perpetrados por policías durante protestas sociales, pero nadie había sido imputado hasta el momento. El 3 de marzo, el ministro de Defensa afirmó que existían 32 investigaciones de presuntos casos de abusos en protestas, incluidos 18 de lesiones, en el sistema de la Justicia Penal Militar, como ocurre también con el homicidio de Dilan Cruz; estos abusos debería investigarlos la justicia ordinaria para evitar que se comprometan la independencia y la imparcialidad. La Policía Nacional inició 44 investigaciones disciplinarias en relación con las protestas (27 por abuso de autoridad, 6 por agresiones físicas, 2 por privación ilegal de la libertad y 2 por homicidio). Hasta el momento, no habría ninguna persona imputada en estos procesos. De los casos de la Policía Nacional, 6 se cerraron y 8 se remitieron a la Procuraduría General de la Nación.

Sobre el caso de Dilan Cruz, el 12 de diciembre de 2019, el Consejo Superior de la Judicatura lo remitió a la Justicia Penal Militar por tratarse, supuestamente, de un hecho “en relación con el servicio”. Pero, se trata de graves violaciones a los derechos humanos y, conforme a las normas del derecho internacional y regional, no debe juzgarlo la jurisdicción militar. A pesar de que la decisión se iba a volver a revisar en razón de una acción de tutela interpuesta por la madre de la víctima, recientemente, un error de notificación de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura sobre la acción legal presentada condujo a que el caso siga al día de hoy en manos de la Justicia Penal Militar (El Tiempo, 2020). Con eso, se ha garantizado que siga en la impunidad.

La protesta social en la pandemia

En el segundo año de gobierno Duque, las agresiones a la protesta social fueron constantes. Se resalta en este tiempo un incremento importante en el uso injustificado y desmedido de la fuerza y las agresiones en contra de la integridad y libertad de las personas que protestan. Esto se evidencia en la cantidad de heridos, detenidos de manera arbitraria y en el número de homicidios. Si bien la llegada de la pandemia por la covid-19 generó un descenso en las protestas sociales masivas y multitudinarias, las agresiones han continuado y de manera más recurrente en al menos tres escenarios. Si se toman las cifras de los 37 homicidios9 ocurridos en el contexto de la protesta social en este año de gobierno, 4 casos corresponden a las movilizaciones del paro nacional (3 en Valle del Cauca y 1 caso en Bogotá). El resto, responde a agresiones de la fuerza pública durante el primer semestre de 2020, que han afectado principalmente a la población reclusa, a las poblaciones urbanas más vulnerables y a las y los campesinos e indígenas que protestan contra la erradicación forzada de cultivos.

Con respecto a la población privada de la libertad en centros penitenciarios, hay un incremento en la protesta social. En cerca de 24 cárceles colombianas, hubo “huelgas de hambre y jornadas de desobediencia, que en algunos casos derivaron en motines” (OMCT y CCCT, 2020, p. 39), por las insuficientes medidas del Gobierno nacional para garantizar que, en medio de la pandemia actual, las y los reclusos pudieran evitar el contagio y ver satisfecho su derecho a la vida y la salud. Así, la pandemia ha agudizado las problemáticas estructurales de las cárceles, declaradas como el Estado de Cosas Inconstitucional por sentencias de la Corte Constitucional (sentencias T-388 de 2013 y T-762 de 2015): una de esas problemáticas es la “persistencia del hacinamiento, que en muchas cárceles supera el 300%, [y] hace imposible el distanciamiento social para evitar la propagación exponencial del virus” (OMCT y CCCT, 2020, p. 39).

En cárceles, hay protestas: huelgas de hambre y jornadas de desobediencia por falta de medidas del gobierno para garantizar el no contagio y el derecho a la vida y la salud.

En ese contexto, no solo se han presentado torturas y otros malos tratos dentro de las cárceles, sino, también, homicidios por parte de la guardia penitenciaria. La noche del 21 de marzo de 2020 fue aterradora en la cárcel Modelo de Bogotá. Se hizo una intervención caracterizada por el uso abusivo y excesivo de la fuerza y 83 reclusos quedaron heridos y otros 24 fueron asesinados en estado de indefensión (Revista Semana, 2020).

Por otra parte, la SIAP registra 5 homicidios en medio de operativos de la fuerza pública de erradicación forzada de cultivos de uso ilícito durante la cuarentena nacional. Campesinos e indígenas han protestado para exigir la implementación del punto 4 del Acuerdo final, titulado “Solución al problema de las drogas ilícitas”; no obstante, la fuerza pública ha utilizado armas de fuego para amedrentar y atacar a la población. Estos hechos se presentaron en Norte de Santander (Sardinata y en la zona rural de Cúcuta), Nariño (en Tumaco, dos casos) y en Antioquia (Anorí). Diez personas resultaron heridas en estas protestas y debido al uso injustificado y desmedido de la fuerza por parte de la fuerza pública.

Dos asesinatos corresponden a situaciones en las que pobladores urbanos se encontraban protestando por la insuficiente ayuda humanitaria que han recibido en el contexto de la pandemia. En el municipio de Codazzi, departamento de Cesar, el 22 de abril de 2020, 70 personas bloquearon una vía de la Troncal Caribe para exigir la atención alimentaria de la población. Sin embargo, la fuerza disponible de la Policía Nacional hizo disparos con armas de fuego en forma directa hacia las y los manifestantes y asesinó a un joven de 17 años, Jáider Antonio Brochero. En el municipio de Plato, Magdalena, también hubo un bloqueo que fue dispersado. No se conoce el presunto responsable del asesinato de una persona en medio de los disturbios que se generaron tras la intervención de la Policía.

Otros 2 casos corresponden a desalojos forzados de población vulnerable en Bogotá. Se dieron de manera irregular y sin garantizar los derechos de las poblaciones asentadas; el primero ocurrió en el barrio Altos de la Estancia de la localidad de Ciudad Bolívar a finales del mes de mayo (Pares, 2020b) y el segundo, en Ciudadela Sucre, Soacha (Cundinamarca) (Campaña Defender la Libertad, 2020). En estos casos, decenas de familias fueron desalojadas de sus viviendas en medio de la cuarentena, a pesar del Decreto 579 del 15 de abril, expedido por el gobierno nacional, que prohibía los desalojos hasta el 30 de junio.

En las dos situaciones, hubo uso desmedido de la fuerza por parte del Esmad, que actuó sin que hubiera un espacio de concertación con la población y utilizando su armamento (aturdidoras y gases lacrimógenos) de manera indebida e indiscriminada en contra de población de especial protección, como niños y niñas, mujeres en estado de gestación y adultos mayores. Esto ocasionó un trauma craneoencefálico a un menor de edad y la muerte de un bebé por el efecto de los gases lacrimógenos. Además, miembros de la Policía Nacional hicieron disparos con sus armas de dotación y le ocasionaron heridas graves a un joven de 15 años, que murió horas después.

Referencias bibliográficas

Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. (2016, 24 de noviembre). Firmado entre el Estado colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo, Farc-EP. Consultado el 10 de agosto de 2020 en https://www.colectivodeabogados.org/IMG/pdf/nuevoacuerdofinal24112016.pdf

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Acnudh. (2020, 26 de febrero). Informe sobre la situación de los derechos humanos en Colombia. Consultado en https://www.hchr.org.co/documentoseinformes/informes/altocomisionado/informe-anual-2019-ES-2.pdf

Campaña Defender la Libertad (2020, 29 de junio). Desalojos forzados en Ciudadela Sucre, Soacha. Consultado en https://defenderlalibertad.com/?s=duvan

Concejo de Bogotá. (2020, 9 de marzo). “Concejales de Bogotá apoyan tutela en contra de la violencia policial”. Consultado en http://concejodebogota.gov.co/concejales-de-bogota-apoyan-tutela-en-contra-de-la-violencia-policial/cbogota/2020-03-09/084507.php

Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos, CCEEU. (2020, 2 de julio). Represión a la protesta social en tiempos de pandemia. Primera parte: uso arbitrario y desproporcionado de la fuerza. Boletín especial N°6. Consultado en https://humanidadvigente.net/represion-a-la-protesta-social-en-tiempos-de-pandemia/

Coronell, D. (2020, 22 de febrero). Abuso de autoridad. Revista Semana Consultado en https://www.semana.com/nacion/multimedia/daniel-coronell-lee-su-columna-abuso-de-autoridad/653294

Corte Constitucional. (3 de mayo de 2017). Sentencia C-281/17. Magistrado Ponente: Aquiles Arrieta Gómez. Bogotá, D.C.

El Tiempo. (2020, 23 de junio). Por error de Corte, caso de Dilan Cruz sigue en justicia militar. El Tiempo. Consultado en https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/por-error-de-la-corte-suprema-caso-de-dilan-cruz-seguira-en-la-justicia-penal-militar-3021873

Fundación para la Libertad de Prensa, FLIP. (2020). Reporteros gráficos llevan detenidos 24 horas. Consultado en https://flip.org.co/index.php/es/informacion/pronunciamientos/itemlist/tag/Manifestaciones%20sociales
Fundación Paz y Reconciliación, Pares. (2020a, 10 de marzo). Crímenes de Fuerza Pública no pueden seguir impunes: HRW. Consultado en https://pares.com.co/2020/03/10/crimenes-de-fuerza-publica-no-pueden-seguir-impunes-hrw/

Fundación Paz y Reconciliación, Pares. (2020b, 25 de mayo). La cara oculta de los desalojos en Ciudad Bolívar. Consultado en https://pares.com.co/2020/05/25/la-cara-oculta-de-los-desalojos-en-ciudad-bolivar/el

Instituto Krok. (2020, 16 de junio). Tres años después de la firma del Acuerdo Final de Colombia: hacia la transformación territorial. Diciembre 2018 a noviembre 2019. Consultado en https://peaceaccords.nd.edu/barometer/colombia-reports?lang=es

Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y Coalición Colombiana contra la Tortura (CCCT). (2020, junio). Protestas sociales y uso excesivo de la fuerza en Colombia: un análisis desde la lente de la prohibición de la tortura”. Consultado en https://www.coljuristas.org/documentos/tmp/Protestas%20sociales%20-%20CCCT%20OMCT%20Junio2020.pdf

Procuraduría General de la Nación, PGN. (2020, 14 de enero de). Procuraduría pide a la Policía suspensión inmediata del uso de Escopeta calibre 12 utilizada por el Esmad para disolver disturbios y bloqueos de vías. Consultado en https://www.procuraduria.gov.co/portal/Procuraduria-pide-a-la-Policia-suspension-inmediata-del-uso-de-Escopeta-calibre-12-utilizada-por-el-Esmad-para-disolver-disturbios-y-bloqueos-de-vias.news

Revista Semana. (2020, 6 de julio). 10 horas de terror. Semana. Consultado en https://www.semana.com/nacion/articulo/en-exclusiva-masacre-carcel-la-modelo-pruebas-del-amotinamiento-carcelario/677853


1. Los paros estudiantiles (2011 y 2018), los paros agrarios y cafeteros (2013, 2014, 2016), la Minga por la Vida, el Territorio, la Democracia y la Paz (2016, 2018 y 2019), el Paro Cívico de Buenaventura y Chocó (2017), entre otras, evidencian el permanente ejercicio del derecho a la protesta social de una ciudadanía plural que reclama diferentes derechos y que busca incidir y participar del escenario político, más allá de las urnas.

2. Según el último informe del Instituto Kroc (2020), 36 % de los compromisos se encuentra en un estado mínimo de cumplimiento y 24 % no ha iniciado. Entre los desafíos más importantes para la implementación, se destacan las garantías de seguridad tanto para excombatientes, como para defensores y defensoras de derechos humanos, muchos de los cuales defienden el Acuerdo final, en particular, los programas de sustitución de cultivos de uso ilícito. Según este informe, 2019 fue el año con más muertes de excombatientes.

3. Se trata del punto 2, titulado “Participación política: apertura democrática para construir la paz” (Acuerdo final, 2016)

4. Esta base de datos se alimenta de prensa (masiva y alternativa) e información reportada por diferentes organizaciones sociales que hacen acompañamiento in situ a la protesta social desde las Comisiones de Verificación e Intervención. No obstante, es necesario alertar sobre subregistro en los datos del SIAP, si se tiene en cuenta que las organizaciones de la sociedad civil tienen menor capacidad de registro que las instituciones públicas en situaciones de confrontación social y menor presencia territorial que ellas.

5. Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley.

6. En este instrumento se establece, entre otras disposiciones, que el uso de la fuerza debe ser el último recurso de la intervención; que la actuación de la Policía Nacional deberá ser desarrollada mediante personal y equipos identificados de manera clara y visible; que la fuerza disponible deberá ubicarse de tal manera que su presencia no afecte el desarrollo de la protesta pacífica, y que las fuerzas militares no podrán intervenir en el desarrollo de operativos de control y contención o garantía de la realización de las movilizaciones sociales, salvo en los casos en los que excepcionalmente lo autoriza la ley.

7. En una columna, el periodista Daniel Coronel relata el caso de Dana Valentina Reyes, de 16 años, retenida en el Portal Américas y agredida tanto física como verbalmente. Durante su retención en la estación de policía de Kennedy recibió amenazas contra su vida e integridad, con una evidente connotación sexual (Coronell, 2020).

8. El 14 de enero de 2020, la Procuraduría General de la Nación le pidió a la Policía Nacional suspender el uso de la escopeta calibre 12, con la que se asesinó a Dilan Cruz, debido al escaso entrenamiento en el uso de esta arma (PGN, 2020).

9. De estos, 36 fueron perpetrados presuntamente por la Fuerza Pública.