Situación de las lideresas – Agravamiento de agresiones y débiles garantías institucionales

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Corporación Sisma Mujer

Pasados dos años de la presidencia de Duque, hay mayores agresiones contra las lideresas y defensoras de derechos humanos y es débil la institucionalidad en materia de garantías para el ejercicio libre y seguro de su liderazgo. Durante el segundo semestre de 2019 y el primer semestre de 2020, las continuaron enfrentando desproporcionados y extraordinarios riesgos de género que las afectan de manera diferencial, asociados tanto a su trabajo en defensa de los derechos humanos como al hecho de ser mujeres, en una sociedad que las discrimina por serlo.

En su informe anual, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) destacó que “los asesinatos contra defensoras de derechos humanos se incrementaron en cerca del 50 % en 2019, comparado con 2018” (2020, p. 6). En contraste, según la revisión de Sisma Mujer a partir de las matrices de Acnudh, el asesinato de defensores presentó un descenso porcentual para el mismo periodo (2020, p. 1).
Lo anterior indica que 2019 fue uno de los años más críticos para las mujeres defensoras de derechos humanos, en términos del incremento de los asesinatos en su contra. Como lo señaló el defensor del pueblo:

Tengo una especial preocupación por la violencia contra las defensoras de derechos humanos y lideresas sociales. Si bien entre 2018 y 2019 hay una ligera tendencia a la baja en la cifra global, en el caso de las mujeres hemos visto un aumento exponencial. Pasamos de 12 a 19 mujeres lideresas asesinadas entre el 2018 y el 2019, con corte al 31 de octubre. Esto es un aumento del 63 %. Me preocupa especialmente el caso del departamento de Putumayo donde están presionando a las mujeres que lideran causas como la sustitución voluntaria de cultivos y que se han opuesto a la presencia de actores armados en sus territorios. (Defensoría del Pueblo, 2020a)

Con referencia a los riesgos específicos y a la violencia sociopolítica de género1 que afecta a las mujeres defensoras de derechos humanos, Sisma Mujer precisó lo siguiente en el boletín de sistematización de las agresiones durante 2019:

Las duplas de género de la Delegada para los Derechos de las Mujeres y Asuntos de Género de la Defensoría del Pueblo reportaron 104 hechos de violencia contra defensoras, en razón del ejercicio del liderazgo y la defensa de derechos humanos, de los cuales 86 (82,7 %) correspondieron a amenazas, 5 (4,8 %) a persecución, 4 a violencia sexual (3,8 %), 1 a agresión por parte del esquema de protección (1 %) y 8 a otro tipo de agresiones (7,7 %). Respecto al mismo periodo del año 2018 se registra un incremento del 50,88 % en las amenazas, al pasar de 57 amenazas en 2018 a 86 en 2019 y de 166,67 % en otras agresiones contra las defensoras, al pasar de 3 hechos en 2018 a 10 en 2019. (2020, p. 4)

Por su parte, para 2019, el Instituto Nacional de Medicina Legal (INML) registró cuatro casos de presunto delito sexual contra defensoras de derechos humanos y dos contra mujeres en ejercicio de actividades gremiales o sindicales, lo que representa un incremento del 20 % con respecto a 2018 (Sisma Mujer, 2020, p. 4). De enero a mayo de 2020, pese a las restricciones de movilidad debido al confinamiento2, el INML ha reportado un caso de presunto delito sexual contra una defensora de derechos humanos (2020).

En relación con el periodo de aplicación de las medidas de aislamiento preventivo debido a la contingencia sanitaria, la Defensoría del Pueblo ha resaltado un aumento del riesgo para las mujeres que defienden derechos, pues la pandemia ha implicado algunos obstáculos para la respuesta institucional directa, y ha dificultado poder evitar los riesgos y las amenazas a las lideresas y defensoras (2020b). En el periodo de enero a abril de 2020, la Defensoría registró 106 conductas vulneratorias contra lideresas, que incluyen 95 amenazas, tres atentados y seis homicidios de defensoras de derechos humanos (2020c).

La Defensoría del Pueblo resalta un aumento de riesgos para las mujeres que defienden derechos. La pandemia ha implicado obstáculos para la respuesta institucional y para evitar los riesgos.

Debilidades institucionales

Ante la agudización de las agresiones contra las defensoras de derechos humanos, son débiles las acciones institucionales.

Desde hace más de una década, las organizaciones de mujeres hemos trabajado por visibilizar los riesgos diferenciados que afectan la labor de liderazgo de las mujeres defensoras; en consecuencia, hemos construido propuestas que se materializan en múltiples avances normativos3. Uno de los principales logros es la aprobación del Programa Integral de Garantías para Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos (PIGMLD)4, instrumento de política pública cuya implementación han recomendado diversos organismos del Sistema de Naciones Unidas5.
Dando continuidad a la construcción participativa de los mecanismos para garantizar a las defensoras su derecho a defender los derechos humanos, el pasado 12 de febrero se hizo la entrega del Plan de Acción 2019-2022 del PIGMLD por parte de la Comisión Intersectorial de Garantías para Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos. En Sisma Mujer, reconocemos este importante avance. No obstante, insistimos en algunas de las principales dificultades que aún no se han resuelto para avanzar en la implementación efectiva del programa: 1) falta articulación de los ámbitos nacional y territorial para garantizar una autonomía técnica y presupuestal que permita cumplir con las acciones propuestas en el PIGMLD; involucrar, en especial, a las gobernaciones, que en su rol de primeros respondientes, tienen la obligación de adelantar todas las acciones necesarias para salvaguardar la vida, libertad, integridad y seguridad de las mujeres defensoras de derechos humanos en situación de riesgo y de sus núcleos familiares; 2) aún no se ha establecido el mecanismo de selección de las defensoras que se beneficiarán con el PIGMLD, para que accedan de manera oportuna a las medidas integrales allí dispuestas; 3) las 28 entidades mencionadas en el Plan de Acción 2019-2022 no garantizan, en la actualidad, una oferta institucional específica para las defensoras; 4) a la fecha, no se ha determinado un mecanismo formal de seguimiento participativo del PIGMLD que integre el movimiento social de mujeres a las organizaciones.

Dificultades en la participación

Las plataformas de mujeres tienen dificultades para participar en las instancias de garantías para personas defensoras. Dado que el actual gobierno no mantiene una voluntad política frente a la implementación del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (en adelante, Acuerdo final), existen instancias creadas por este a las que se les ha restado, paulatinamente, importancia. Nos referimos en especial, a la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad (CNGS), que a la fecha no ha cumplido con la piedra angular de su mandato, consistente en presentar la Política para el desmantelamiento de los actores y conductas objeto del Decreto Ley 154 de 2017, política de la que no se conocen avances por parte de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP), quien lleva la Secretaría Técnica de CNGS. De manera reciente, debido a la presión e incidencia de las personas delegadas de la sociedad civil en la CNGS y las invitadas permanentes de las plataformas de mujeres, se han logrado realizar cuatro sesiones de la Comisión de Género de la CNGS y cuatro sesiones técnicas; de cualquier manera, la CNGS continúa en mora de cumplir con su mandato principal.

En esta instancia, las invitadas permanentes de las plataformas de mujeres hemos formulado algunas propuestas en conjunto con las personas delegadas de la sociedad civil; en concreto, se entregó un reglamento de funcionamiento de la CNGS, en tanto que el reglamento presentado por el Gobierno nacional por medio de la OACP desconoce los avances relativos a la participación de las delegadas de las plataformas de mujeres, las cuales son dejadas por fuera de dicha propuesta, a pesar de que nuestra participación como invitadas está fundada en las disposiciones del Decreto Ley 154 de 2017 que establece que la CNGS adoptará medidas para garantizar la participación de las mujeres, lo que a su vez está en concordancia con la Ley 581 de 2000, así como con las obligaciones internacionales del Estado colombiano de avanzar de manera decidida hacia la conformación paritaria de todos los espacios de toma de decisiones.

La falta de reconocimiento de la CNGS pareciera deberse a que, en la práctica, choca con la postura del Gobierno nacional frente a la seguridad y la protección. Este ha desarrollado su Política de Defensa y Seguridad y en ella privilegia las capacidades militares a nivel territorial, sobre una presencia integral del Estado que vele por la seguridad humana; esta política no involucró la concertación con la sociedad civil y, en esta medida, no se le ha hecho seguimiento, ni veeduría (Mejía, 2020, p. 3).

La política de defensa y seguridad del gobierno de Duque privilegia las capacidades militares, sobre una presencia integral del Estado que vele por la seguridad humana.

En ese escenario de poco reconocimiento de la CNGS y de profundización de políticas centradas en lo militar, la evidencia de las agresiones y los asesinatos de mujeres defensoras demuestra las limitaciones de este enfoque y comprueba que en Colombia aún no se garantiza el derecho de las mujeres a defender derechos humanos. Frente a esta apabullante realidad, se hace necesario que el Gobierno nacional acoja de manera clara los análisis y las recomendaciones que por más de una década se han promovido desde el movimiento social de mujeres, quienes hemos avanzado en medidas de protección adecuadas y diferenciadas para las mujeres defensoras. En ese sentido, exhortamos al Gobierno nacional a no retroceder en la participación y representación de las mujeres en las instancias de garantías para personas defensoras, especialmente en un contexto de crisis social y sanitaria debido a la pandemia, que agrava las condiciones de inseguridad que viven las mujeres, incluyendo a las lideresas sociales y defensoras de derechos humanos.

Referencias bibliográficas

Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (2020, febrero). Informe sobre la situación de Derechos Humanos en Colombia durante el año 2019. Consultado en https://www.hchr.org.co/index.php/index.php/informes-y-documentos/informes-anuales/9136-informe-del-alto-comisionado-de-las-naciones-unidas-para-los-derechos-humanos-sobre-la-situacion-de-derechos-humanos-en-colombia-durante-el-ano2019

Corporación Sisma Mujer (2020, febrero). Situación de derechos humanos de las personas defensoras en Colombia 2016-2020 (Última actualización: 4 de febrero de 2020). Bogotá: Sisma Mujer.

Corporación Sisma Mujer y Red Nacional de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos (2019, junio). Mujeres defensoras libres y seguras, aportes a la verdad para la no repetición. Consultado en https://www.sismamujer.org/wp-content/uploads/2019/07/CC-Sisma-RND-P%C3%9ABLICO-1.pdf

Defensoría del Pueblo (2020a, 14 de enero). En un 63 % aumentó el crimen contra lideresas sociales en Colombia. Consultado en https://www.defensoria.gov.co/es/nube/enlosmedios/9000/En-un-63-aument%C3%B3-el-crimen-contra-lideresas-sociales-en-Colombia.htm

Defensoría del Pueblo (2020b). Foro Pro Defensoras Colombia [Video]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=QXH9NMmGtjE&

Defensoría del Pueblo (2020c, 24 de junio). La situación de las defensoras y defensores de derechos humanos en Colombia es crítica, especialmente en medio de la pandemia. Consultado en https://www.defensoria.gov.co/es/nube/noticias/9399/%E2%80%9CLa-situaci%C3%B3n-de-las-defensoras-y-defensores-de-derechos-humanos-en-Colombia-es-cr%C3%ADtica-especialmente-en-medio-de-la-pandemia%E2%80%9D-ProDefensoras-Colombia-defensor%C3%ADa-lideresas.htm

Grupo Centro de Referencia Nacional sobre Violencia-Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2020, junio). Información preliminar de lesiones no fatales de causa externa en Colombia. Enero a mayo de 2020 [Conjunto de datos]. Consultado en https://www.medicinalegal.gov.co/

Mejía, C. (2020, marzo). Las políticas de seguridad y derechos humanos del gobierno Duque. ¿Desde dónde y con qué enfoque se toman las decisiones? Bogotá: Sisma Mujer. Consultado en https://www.sismamujer.org

Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia (2020, junio). Informe del Secretario General. Consultado en https://colombia.unmissions.org/documentos


1. “En los casos de agresiones contra defensoras se expresa un tipo específico de violencia: la violencia sociopolítica de género, la cual, en primer lugar, explica las agresiones en razón de la doble dimensión que caracteriza a las defensoras: i) ser mujeres en una sociedad altamente discriminatoria y ii) defender derechos humanos en un contexto patriarcal que limita la participación pública de las defensoras. En segundo lugar, la manera como se ejerce dicha violencia contiene dimensiones expresivas de género que buscan castigar, sancionar y limitar el ejercicio político de liderazgo emprendido por las defensoras, por cuanto supone una transgresión a los mandatos de dominación patriarcal y las normativas de género tradicionalmente asignadas a las mujeres” (Sisma Mujer, 2019).

2 Sisma Mujer ha insistido en que un menor número de registros de exámenes médico-legales no implica necesariamente una menor ocurrencia de los hechos de violencia sexual. En el marco de la cuarentena se evidencia que el Estado no dispuso un mecanismo ajustado a la actual circunstancia para que las mujeres pudieran seguir denunciando y accediendo a los servicios de Medicina Legal.
3. El Protocolo Específico con enfoque de género y de los derechos de la mujer (Resolución 805 del 14 de mayo de 2012); 2) la creación de la Comisión Intersectorial de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos (Decreto 1314 del 10 de agosto de 2016); 3) el Protocolo de Análisis del Nivel de Riesgo para Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos.
4. Aprobado el 14 de junio de 2018 mediante Resolución 0845, que lo consolidó como la carta de navegación para la protección integral de la vida de las mujeres en el ejercicio libre y seguro de sus liderazgos.
5. Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Consejo de Derechos Humanos, 43 periodo de sesiones, 24 de febrero a 20 de marzo de 2020, p. 19; 2) Informe anual de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de Derechos Humanos en Colombia durante el año 2019, p. 6, párr. 22; 3) Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia. Informe del Secretario General, 26 de junio de 2020, p. 17, párr. 93, párr. 85, p. 14.