Situación de la migración venezolana en Colombia

Paipa (13) – copia ARREGLADA

Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento

(Codhes)

Introducción 

 

Según la Plataforma Regional Interagencial (R4V) liderada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para julio de 2021, en América Latina y el Caribe había 4 millones 603 mil 441 personas migrantes forzadas y refugiadas de nacionalidad venezolana (R4V, s. f.); de esta cifra, cerca de la mitad se encuentra en Colombia (1,8 millones, según el gobierno colombiano) (Cancillería, 2021), aunque es muy posible que este número sea más alto, si se tiene en cuenta que aún existe un cierto nivel de subregistro,  llegando a ser un poco más de 2 millones de personas venezolanas las que se encuentran en territorio colombiano hasta la fecha.

 

Junto con la llegada de población venezolana, también hay que tener en cuenta el retorno de un estimado de 500 mil personas de nacionalidad colombiana o colombo-venezolana. Muchas de ellas radicadas en el país vecino por décadas, entre las que se encuentran víctimas del conflicto en Colombia y refugiados que retornan sin contar con las suficientes redes de apoyo y garantías para integrarse adecuadamente al país.

 

Lo anterior representa un hito en materia migratoria para Colombia, un país que históricamente se ha caracterizado por ser expulsor y generador de población con necesidad de protección internacional, debido a las dinámicas de violencia que se han reproducido por décadas tras el conflicto armado interno y que en la actualidad persisten.

 

Colombia, en cinco años, se convirtió en el principal país receptor y de tránsito de población venezolana en condición de movilidad humana forzada, esto debido en gran parte a la proximidad histórica, cultural y geográfica, pero también por ser un punto de paso casi obligatorio para llegar a otros países de la región ubicados en Centro y Sur América.

 

La pandemia y sus efectos en la población migrante y refugiada venezolana

 

La declaración de la pandemia en 2020 fue, sin duda, un hito en lo relacionado con la movilidad humana, por su inmediato efecto tras el cierre de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas de todos los países del continente. En ese contexto, el 18 de marzo de 2020, el presidente Iván Duque anunció el cierre de las fronteras, una medida que en principio se veía como transitoria, pero que al final se prorrogó a lo largo del año.

 

El cierre de fronteras se caracterizó por su enfoque de Seguridad Nacional, en donde se evidenció el uso frecuente del mecanismo de las expulsiones excepcionales que permiten expulsar de manera sumaria y sin garantizar el debido proceso a las personas migrantes. Al menos 109 medidas sancionatorias de deportación y 322 expulsiones fueron evidenciadas por diferentes organizaciones que acompañan el tema, hecho que se expuso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el 179° periodo de sesiones realizado a principios de 2021 (Codhes, 2021).

 

A pesar de las restricciones de movilidad y el cierre de fronteras, según Migración Colombia, para agosto de ese año, al menos 95 mil migrantes de nacionalidad venezolana decidieron retornar desde distintos lugares de Colombia. Un número pequeño en proporción al total de la población venezolana en el país. A lo anterior se sumó la suspensión de los servicios y trámites migratorios a nivel nacional y, de la contabilización de la vigencia del Permiso Especial de Permanencia (PEP) y otros salvoconductos otorgados a la población venezolana (Resolución 0918 de 2020).

 

Ni los más de 3.400 Permisos Especiales de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF) emitidos por Migración Colombia a población venezolana hasta septiembre de 2020 (documento pensado para brindar la posibilidad de la regularizaciones a partir de una oferta de trabajo hecha directamente por un empleador), ni la posibilidad de renovación de los PEP de quienes tenían vencido dicho documento logró reducir el impacto socioeconómico por las restricciones a lo largo del año, ya que la mayoría de estas personas sobreviven de la economía informal, y la imposibilidad de ejercer dichas actividades económicas, como la venta de víveres en la calle, el moto y bicitaxismo, entre otros, imposibilitó a la población venezolana obtener los recursos necesarios para el alimento y el pago de vivienda (gran parte de la población venezolana vive en sitios llamados paga diario, lugares de condiciones precarias en donde se puede pasar la noche por un costo que no supera los 10 mil pesos (2 dólares).

 

Desalojos a la fuerza, personas durmiendo en la calle por falta de recursos y limitada posibilidad de acceso al sistema de salud fueron algunas de las situaciones que se hicieron presentes en diferentes lugares de Colombia a lo largo de la pandemia.

 

 

Respuesta ante la crisis migratoria

 

El Estado colombiano ha ratificado múltiples instrumentos internacionales en materia de protección de derechos humanos que tocan de manera directa o indirecta a las personas que se encuentran en condición de migrantes o con necesidad de protección internacional, dentro de los cuales se destacan: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) de 1966, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) de 1969, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, la declaración de Cartagena de 1984, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de 1990, entre otros.

 

En dichos instrumentos se consagra la obligatoriedad para el Estado colombiano de adoptar, según los estándares internacionales, medidas enfocadas a la protección y garantía de los derechos de la población migrante y refugiada.

 

Tras un difícil contexto de pandemia, el tercer año de gobierno del presidente Iván Duque inicia con el anuncio del director de Migración Colombia, Francisco Espinosa, el 6 agosto de 2020, de la implementación de un sistema de biometría a la población venezolana en el país (Proyecto Migración Venezuela, 2020). Por medio del registro en internet se pretende recolectar información de identificación de la población venezolana, sin importar su estatus migratorio, para, posteriormente, proceder a la expedición de un documento que les permita el acceso a servicios y le permita al Estado colombiano monitorear su situación migratoria. Con esta medida se pretende disminuir los índices de irregularidad migratoria entre la población venezolana.

 

Para el 1 de marzo de 2021, por medio del Decreto 216 de 2021, el Gobierno de Iván Duque dio paso a la creación del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), bajo régimen de protección temporal, el cual iniciaría su implementación por medio de la Resolución 0971 de 2021, todo lo anterior con el fin de regularizar la situación de aproximadamente un millón de personas de esta nacionalidad.

 

La medida del ETPV es un paso que se da luego de la implementación del PEP, creado mediante la Resolución 5797 de 2017, y que fue puesto en marcha inicialmente por el saliente gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos, con el cual se buscó brindar una alternativa temporal de regularización a la población venezolana, tras la llegada masiva en condiciones de vulnerabilidad e irregularidad desde finales de 2016.

 

De acuerdo con las cifras consolidadas por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, al 31 de enero de 2021 se otorgaron 720.113 PEP en todas sus fases. Sin embargo, dicha medida no llegó a la totalidad de la población venezolana, puesto que muchas de estas personas no lograban cumplir con los requisitos establecidos, por lo que una gran parte de esta población aún se encuentra en situación de irregularidad y desprotección; se considera, así mismo, que el temor y la persistente desinformación y desconocimiento de sobre el acceso al PEP fueron  algunos       de los factores que no permitieron que se lograra llegar a la mayoría de la población venezolana en Colombia.

 

La medida del ETPV, según lo establecido en su decreto, tendrá una duración de diez años y permitirá ejercer durante dicho periodo cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de un contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas. También, permitirá acreditar permanencia en Colombia para los efectos de la acumulación del tiempo requerido para aplicar a una visa de residente (visa tipo R).

 

El ETPV inició su implementación el 29 de mayo de 2021 y en este momento se encuentra en su primera fase (Registro Único de Migrantes Venezolanos). Surtida esta fase, se pasará a la fase de expedición del Permiso por Protección Temporal (PPT) que se espera sea otorgado en su totalidad a todas las personas que en este momento están de manera irregular.

 

Si bien la medida del ETPV es un paso importante respecto de la respuesta que se debe brindar a la población venezolana que ha llegado en los últimos años a Colombia, más si se tiene en cuenta que la tendencia de ingreso de migrantes venezolanos al territorio nacional con intención de permanencia continúa en ascenso, aún hay varios aspectos que preocupan a las organizaciones de sociedad civil, la academia y, principalmente, a la población migrante y refugiada venezolana.

 

Los vacíos y límites de la respuesta

 

Previo a la puesta en marcha oficial del decreto y, posteriormente, de la resolución que daría vida al ETPV, el Ministerio de Relaciones Exteriores, tras dar a conocer los borradores de dichas medias, abrió la recepción de comentarios y sugerencias, proceso en el que muchas organizaciones de sociedad civil participaron dando insumos que pudieran perfeccionar la propuesta según las necesidades del contexto. Sin embargo, luego de surtido este proceso de consulta, en su gran mayoría los comentarios no fueron incorporados en los textos finales, dejando así algunos elementos que son críticos en cuanto a la implementación y los efectos de la medida.

 

A continuación, se mencionan algunos de los puntos que se consideran críticos sobre el ETPV:

 

  • Pese a que el ETPV Bajo Régimen de Protección Temporal tendrá una vigencia de diez años, el Gobierno nacional podrá dar por terminados los efectos del Estatuto en cualquier momento, en virtud de la facultad discrecional que le asiste en materia de relaciones exteriores. Esto supone falta de seguridad jurídica, ante la posibilidad de que, por razones de tipo discrecional, cese la medida, lo que tendría un impacto negativo en la población venezolana en Colombia que está amparada bajo dicha norma, y significaría a su vez un retroceso en lo alcanzado hasta el momento.

 

  • La inclusión del migrante venezolano en el registro contemplado en la fase inicial de implementación de ETPV no modifica su estatus migratorio, no le otorga beneficios o facultades en el territorio nacional, no equivale al reconocimiento de la condición de refugiado, ni implica el otorgamiento de asilo. El certificado de prerregistro (etapa actual de ETPV) que reciben las personas no les da acceso a derechos. En la práctica, esto prolonga la situación de desprotección de la persona, ya que no puede, por ejemplo, acceder al derecho a la salud, a menos que sea solo para situaciones de extrema urgencia. Se han identificado casos de personas con necesidad de tratamiento de enfermedades y otras situaciones de salud que no pueden acceder más allá de una atención inmediata y temporal de emergencia; tampoco pueden aspirar a un empleo formal.

 

  • En cuanto al acceso a las diferentes vacunas que han llegado al país para inmunizar a la población contra el covid-19, solo las personas que están de manera regular pueden acceder a ellas, incluyendo a la población migrante que ya ha iniciado su proceso de pre registro al ETPV. Las personas migrantes que están en condición irregular y no han iniciado el proceso de acceso ETPV, así como las personas migrantes pendulares y en tránsito, no pueden ser vacunadas, lo que las deja expuestas a la enfermedad.

 

  • El cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos para la obtención del PPT no es garantía de su otorgamiento, decisión amparada en la facultad discrecional del Estado colombiano en materia de control migratorio y de extranjería. Si bien el Gobierno colombiano ha expresado su deseo de que esta medida cobije a la totalidad de la población venezolana, surge la preocupación de que, en la práctica, bajo este precepto, muchas personas no puedan acceder a permiso temporal, lo cual las dejaría sin ninguna posibilidad de regularizar su situación en el país, obligándolas a abandonar el territorio colombiano sin tener en cuenta sus condiciones de vulnerabilidad y el riesgo que implicaría regresar a Venezuela.

 

  • Bogotá, Medellín, Cali, Cúcuta y Barranquilla son las ciudades en las que se han registrado el mayor número de venezolanos para acogerse al ETPV. No obstante, se han presentado reiteradas quejas de la población venezolana ante la falta de acceso y orientación adecuada para llevar a cabo este proceso y que afecta principalmente a quienes no se encuentran en las ciudades capital o grandes centros poblados, en donde el acceso a herramientas tecnológicas y de personal adecuado es muy limitado o inexistente, lo que constituye una barrera para poder llevar a cabo su solicitud de ETPV.

 

  • La falta de información y orientación clara en los puntos visibles establecidos por Migración Colombia ha generado serios problemas a las personas para hacer adecuadamente su prerregistro, lo que a futuro podría influir como causal de la negación del otorgamiento del ETPV.

 

  • Limitaciones para el acceso a la nacionalidad de hijos e hijas de colombianos nacidos en Venezuela: pese a las limitaciones conocidas en relación con la obtención de documentación en Venezuela, para la obtención de la nacionalidad se exige la partida de nacimiento apostillada. Eso ha generado dificultades para quienes legítimamente pueden tener la nacionalidad colombiana. Se han identificado casos de personas de diferentes edades que, pese a contar con la partida de nacimiento e incluso encontrarse en Colombia con sus padres colombianos no han podido acceder a la nacionalidad. Esta situación tiene como principal dificultad la ausencia de relaciones diplomáticas y consulares entre los dos países.

 

Para mediados de junio más de 813 mil migrantes venezolanos habían terminado con éxito la primera fase de implementación del ETPV, según el director de Migración Colombia. La fecha límite de registro en el ETPV, para quienes ingresaron antes del 31 de enero de 2021, es hasta el próximo 28 de mayo de 2022.

 

La situación de los solicitantes de refugio de nacionalidad venezolana

 

Pese a la llegada masiva de población venezolana en necesidad de protección internacional durante los últimos años, y con ello el aumento exponencial de solicitudes de refugio de personas de esta nacionalidad, muy poco o nada se ha hecho desde el Gobierno nacional para fortalecer y mejorar el actual sistema de refugio/asilo en Colombia. Según el Acnur, a 31 de diciembre de 2020, en Colombia 19.600 personas de nacionalidad venezolana habían solicitado el reconocimiento como refugiados, de las cuales, solo 771 han sido reconocidas.

 

Es muy preocupante la falta de respuesta y acumulación de casos de solicitudes de refugio. Son frecuentes las situaciones de solicitantes de refugio que por más de dos años han permanecido en espera e incertidumbre sin saber cuándo se les llamará a entrevista y se resolverá su situación. Esta falla del sistema de refugio se da en gran parte ante la ausencia en la normatividad colombiana de un tiempo definido que establezca un límite razonable para dar respuesta a las solicitudes.

 

A lo anterior hay que sumarle que el salvoconducto que reciben las personas solicitantes de refugio no les brinda un debido acceso a derechos en el país. Dicho documento les permite permanecer de manera regular en Colombia y les da acceso al servicio de urgencias en salud, pero no les permite, por ejemplo, aspirar y ejercer ningún trabajo formal, lo que ha obligado a estas personas, en su mayoría en condición de vulnerabilidad, a estar por años sometidas a vivir de la caridad o de actividades informales, lo que las expone a diversos riesgos y profundiza su precaria situación socioeconómica.

 

Teniendo en cuenta el contexto de país de origen, en múltiples ocasiones organizaciones de la sociedad civil y la academia han solicitado al Gobierno nacional dar aplicación al instrumento regional de Cartagena de 1984, el cual contiene una definición ampliada del concepto de refugiado, y que se encuentra incorporado en la normatividad colombiana junto a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967. Sin embargo, y pese ser una buena práctica implementada en la región, por ejemplo, en el caso de Brasil, el Gobierno colombiano ha hecho caso omiso de estas solicitudes, aun cuando también en las notas orientativas de 2018 y 2019 de ACNUR se pide a los estados aplicar dicha definición.

 

Según la Acnur, Colombia es actualmente el cuarto país en el mundo con más solicitudes de refugio de esta nacionalidad y el segundo en América Latina y el Caribe.

 

Población venezolana víctima de dinámicas propias de violencia derivadas de actores armados y criminalidad organizada

 

Homicidios, amenazas, desplazamientos, reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes, xenofobia, desaparición forzada, delitos sexuales y trata de personas son algunas de las vulneraciones de los derechos humanos que revelan estudios realizados por Codhes (s. f.) desde el año 2019, tras el análisis comparado de cifras oficiales de la Policía Nacional, Medicina Legal, la Fiscalía General de la Nación y los datos del Sistema de Información de Codhes, (Sisdhes).

 

Entre enero de 2015 y diciembre de 2020 se han registrado 1.933 casos de homicidio en los que las víctimas son de nacionalidad venezolana, siendo los hombres jóvenes y menores de 29 años los mayormente victimizados; el arma de fuego es el mecanismo de muerte más utilizado. Las más recientes cifras consolidadas desde Codhes muestran que, entre enero y agosto de 2021, han sido asesinadas 362 personas de nacionalidad venezolana, 88,1 % hombres y 11,9 % mujeres, siendo Cundinamarca, Norte de Santander, Valle del Cauca, Atlántico y Antioquia los departamentos donde se registró el mayor número de casos.

 

Estructuras armadas ilegales en las ciudades han generado desplazamiento forzado intraurbano bajo amenaza a la población de origen venezolano cuando han incumplido con los pagos de arriendo en hospedajes, paga diarios o inquilinatos de algunas capitales del país.

Los riesgos de reclutamiento de menores de edad provenientes de Venezuela por parte de estructuras delincuenciales para su vinculación a actividades asociadas al microtráfico, tráfico de armas y drogas, campaneros y mendicidad ajena, ha incentivado que familias se desplacen de los territorios para proteger a los niñas, niñas y adolescentes.

Los desplazamientos forzados de población refugiada y migrante venezolana en Colombia muestran una doble expulsión: en primer lugar, la migración forzada por la situación de múltiples crisis en Venezuela; en segundo lugar, como resultado del desplazamiento forzado asociado a experiencias de amenaza, violencia, discriminación o riesgos contra la vida y la integridad. Según el Sisdhes, en 2020 se tiene registro de un total de 1.650 personas desplazadas de origen venezolano, con Norte de Santander como el departamento que presenta el mayor número de víctimas, con 1.097, seguido de Cauca con 440 y Valle del Cauca con 50 (Codhes, s. f.).

Es muy posible que exista un alto nivel de subregistro de cifras debido a factores tales como: temor de denunciar ante la posibilidad de sufrir deportación por estar en condición migratoria irregular, desconocimiento de las rutas de atención y oferta institucional, temor a sufrir represalias por parte de los actores armados e incluso la xenofobia.

En los territorios se ve con preocupación la falta de orientación desde el Gobierno nacional y, en especial, de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) sobre cómo proceder y atender casos de población migrante víctima del conflicto armado, así como de personas retornadas para evitar su revictimización.

La crisis migratoria vivida por otras nacionalidades

Además de lo que se ha presentado con la población de origen venezolano en Colombia, cabe mencionar otro aspecto que ha sido igualmente preocupante, pero menos visible y atendido por el gobierno. Tiene que ver con el flujo y tránsito de personas por la región del Pacífico colombiano y que llegan a la frontera de Colombia con Panamá, con el objetivo de cruzar el Tapón del Darién para seguir su ruta en dirección a Estados Unidos.

Diferentes medios de comunicación han expuesto recientemente la grave situación humanitaria de la población migrante que se ha visto atrapada en la frontera, por la continuidad del cierre de esta desde el inicio de la pandemia. Sin embargo, desde hace más de una década cientos de personas llegan a diario hasta municipios fronterizos como Necoclí y Turbo, lugares olvidados históricamente por el Estado colombiano y que prácticamente subsisten de la economía producto del tránsito de migrantes de diferentes partes del mundo (Cuba, Haití, Venezuela, República Democrática del Congo, Ghana, Senegal, Pakistán, Mali, Guinea, Gambia, Somalia, Bangladesh, Yemen, Angola, Afganistán, Camerún, Sierra Leona, Togo).

Pese a las restricciones por la emergencia sanitaria, ya desde el 14 de septiembre de 2020 el director de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa, había expresado su preocupación por el gran número de migrantes africanos y haitianos (El Meridiano, 2020) que venían desde Brasil, Ecuador y Argentina, haciendo la ruta del Pacífico colombiano para conectar con Panamá, y que se encontraban represados.

Situaciones como el naufragio y muerte de migrantes (Europa Press, 2021) se presentan de manera constante, pero pese a esos hechos de evidente vulnerabilidad y riesgo, lo cierto es que, durante lo corrido del gobierno de Iván Duque, no se ha evidenciado la implementación de acciones concretas y efectivas para solucionar las graves problemáticas sociales y humanitarias que hay en ese territorio, producto del abandono estatal y la presencia de redes criminales y grupos armados que se lucran del tráfico de narcóticos y de migrantes.

Se evidencia la falta de una real comunicación y articulación de las autoridades y los gobiernos, lo cual se expresa en la persistente situación de esa frontera o en hechos como su inicial apertura sin contar con un diálogo y coordinación con el Gobierno panameño (Infobae, 2021).

Tras la reciente crisis migratoria y humanitaria diferentes funcionarios del Gobierno nacional, como el ministro de Defensa, Diego Molano, y el defensor del pueblo, Carlos Camargo, visitaron esa frontera prometiendo acciones para atender la situación y exigiendo lo propio al Estado panameño. Sin embargo, a la fecha persiste la crítica situación, en la cual siguen llegando a diario migrantes de diferentes nacionalidades.

El gobierno de Panamá se comprometió con Colombia a permitir el paso de la frontera a 500 personas por día, pero la realidad es que eso no es suficiente, cuando a diario siguen llegando cientos en condiciones de vulnerabilidad, muchas de ellas víctimas de redes de trata y tráfico de migrantes  (se estima que son 15 mil migrantes los que se encuentran represados en esa frontera), y la infraestructura y los recursos financieros y humanos de las administraciones locales son insuficientes para atender una situación de esta magnitud.

Referencias

Cancillería (2021). Presidente Duque anuncia decisión histórica de crear Estatuto de Protección Temporal para migrantes venezolanos en Colombia. https://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/presidente-duque-anuncia-decision-historica-crear-estatuto-proteccion-temporal

Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes) (2021). CIDH: es inadmisible que los Estados aprovechen la pandemia para militarizar sus fronteras. https://codhes.wordpress.com/2021/04/09/cidh-es-inadmisible-que-los-estados-aprovechen-la-pandemia-para-militarizar-sus-fronteras/

Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes) (s. f.). Graves violaciones de derechos humanos a población migrante venezolana en Colombia revelan informes. https://codhes.wordpress.com/2021/06/25/graves-violaciones-a-derechos-humanos-a-poblacion-migrante-venezolana-en-colombia-revelan-informes/

Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes) (s. f). En 2021, más de 360 personas de nacionalidad venezolana han sido asesinadas en Colombia. https://codhes.wordpress.com/2021/08/24/en-2021-mas-de-360-personas-de-nacionalidad-venezolana-han-sido-asesinadas-en-colombia/

El Meridiano (2020, 14 de septiembre). Migración reporta 6 mil venezolanos en Montería. El Meridiano. https://elmeridiano.co/noticia/migracion-reporta-6-mil-venezolanos-en-monteria

Europa Press (2021, 4 de enero). Cinco muertos tras el naufragio de una embarcación con migrantes en la frontera entre Colombia y Panamá. Europa Press. https://www.europapress.es/internacional/noticia-cinco-muertos-naufragio-embarcacion-migrantes-frontera-colombia-panama-20210104234610.html

Infobae (2021, 20 de mayo). Ecuador y Panamá rechazan la apertura de fronteras: conozca la resolución expedida por Colombia. Infobae. https://www.infobae.com/america/colombia/2021/05/20/ecuador-y-panama-rechazan-la-apertura-de-fronteras-conozca-la-resolucion-expedida-por-colombia/

Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes de Venezuela (R4V) (s. f.). Refugiados y migrantes de Venezuela. https://www.r4v.info/es/refugiadosymigrantes

Proyecto Migración Venezuela (2020). Migrantes serán identificados con un sistema biométrico. https://migravenezuela.com/web/articulo/migrantes-seran-identificados-con-un-sistema-biometrico/2079

Normas

Resolución 0918 de 2020. Por la cual se adoptan medidas extraordinarias temporales para la prestación de los trámites y servicios migratorios a nivel nacional y se dictan otras disposiciones.  Migración Colombia.

Resolución 0971 de 2021. Por medio de la cual se implementa el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes venezolanos. Migración Colombia.

Resolución 5797 de 2017. Por medio del cual se crea un Permiso Especial de Permanencia. Migración Colombia