La profundización del hambre en Colombia: otro regalo del gobierno Duque

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FIAN Colombia

Asociación de Trabajo Interdisciplinario, ATI*

 

La población colombiana, lejos de avanzar en que se garanticen su derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas (Dhana) y su soberanía alimentaria, continúa sufriendo graves y profundas violaciones y vulneraciones en ambos aspectos.

Si bien la situación no es nueva, esa problemática se ha hecho más notoria durante el gobierno del presidente Duque, debido, en buena medida, a la conjunción de cuatro elementos importantes:

  1. La persistencia de diversas formas de violación del Dhana que se evidencian, por ejemplo, en preocupantes cifras de hambre (tanto en subnutrición como malnutrición) y de pérdida de acceso a bienes comunes y recursos que son necesarios para que las personas preserven sus capacidades de alimentarse a sí mismas y al país.
  2. La falta de voluntad política del Estado para avanzar en el desarrollo de políticas públicas y normas que, basadas en derechos humanos, permitan superar esas problemáticas y lograr la paz del país.
  3. La inobservancia del Estado frente a sus obligaciones con respecto al Dhana y de recomendaciones hechas a nivel internacional por los órganos de derechos humanos.
  4. La apuesta corporativista y en función del sector privado que hace el gobierno en materia alimentaria.

 

En las páginas siguientes trataremos de compartir algunos elementos y constataciones relacionadas con esos cuatro elementos.

 

La persistencia del hambre[1]

Según las cifras oficiales más recientes (2015), más de la mitad de la población colombiana (54,2%) sufre de inseguridad alimentaria; es decir, tienen incertidumbre de si podrán o no acceder a los alimentos o, de hecho, ya no acceden a ellos (gráfica 1).

 

Gráfica 1. Inseguridad alimentaria en hogares colombianos (porcentaje)

 

Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social et al. (2019).

La inseguridad alimentaria afecta principalmente a los hogares rurales y con jefatura femenina, indígena o afrodescendiente. Visto de otro modo, la amenaza y certeza del hambre afecta especialmente a las mujeres y a las personas que habitan los territorios donde se producen los alimentos en Colombia. En cuanto a la población migrante, para febrero de 2021 el 70 % de los hogares migrantes vivía en situación de inseguridad alimentaria moderada o severa (Doughman, 2021)[2].

En cuanto a indicadores de tipo nutricional, las cifras también son preocupantes. En lo que respecta al retraso en talla de niñas y niños entre 0 y 4 años de edad (gráfica 2), entre los 5 y 12 años (gráfica 3) y entre 13 y 17 años (gráfica 4), las cifras indican que, respectivamente, el 10,8, 7,4 y 9,7 % de niñas, niños y adolescentes la padecen.

 

Gráfica 2. Retraso en talla de niñas y niños entre 0 y 4 años (porcentaje)

Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social et al. (2019, pp. 369-370).

 

Gráfica 3. Retraso en talla de niñas y niños entre los 5 y 12 años (porcentaje)

Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social et al. (2019, p. 401).

 

Gráfica 4. Retraso en talla de niñas y niños entre los 13 y 17 años (porcentaje)

 

Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social et al. (2019, p. 428).

 

Al seleccionar el retraso en la talla (desnutrición crónica) queremos mostrar que es tal la persistencia del hambre y las violaciones del Dhana en Colombia, que el proceso de crecimiento y desarrollo de niñas, niños y adolescentes ha sido perturbado radicalmente. Muchas de estas personas tendrán serias restricciones vitales y sociales, lo cual afectará no solo sus posibilidades de desarrollo a todo nivel, sino que incidirá negativamente también en la sociedad entera.

En todos esos grupos etarios, las niñas y los niños de procedencia rural o indígena tienen cifras mayores a sus respectivos promedios nacionales. Es decir, el campo colombiano, donde se producen los alimentos, está afectado aún más por el hambre. Esta afirmación no minimiza la gravedad del problema en las ciudades, máxime si se entiende que es inaceptable que en el país exista siquiera una sola persona que sufra de hambre.

Las violaciones del Dhana en su componente nutricional también se expresan de otras formas. En lo que respecta al hambre oculta (deficiencia de micronutrientes), casi una cuarta parte (24,7 %) de las niñas y los niños entre 6 y 9 meses de vida sufren de anemia (Ministerio de Salud y Protección Social et al., 2019, p. 383), situación que habla de carencias alimentarias graves en la dupla madre-bebé y en sus hogares y comunidades. Además, el 15,5 % de las mujeres en edad fértil (13-49 años) y el 26,2 % de las mujeres gestantes (13-49 años) tienen anemia (pp. 469 y 483). En los tres casos, la anemia se presenta más en personas que habitan zonas rurales o son indígenas o afrodescendientes[3].

Respecto a otro indicador importante, solo el 36,1 % de las y los lactantes recibieron lactancia materna exclusiva (Ministerio de Salud y Protección Social et al., 2019, p. 280), lo que constituye un serio problema de salud pública ineficientemente abordado por el Estado. De hecho, la duración de la lactancia exclusiva y la total tuvo unas medianas de apenas 1 y 14 meses (p. 279), respectivamente, cuando las recomendaciones internacionales son de 6 y 24 meses.

En el marco de los grandes problemas de salud pública y de violaciones del Dhana en Colombia, se destaca también uno muy importante frente al cual, si el Estado sigue sin tomar medidas radicales al respecto, tendrá serias consecuencias para el futuro de la población: el exceso de peso y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas (ECNT).

El exceso de peso (sobrepeso y obesidad) afecta de manera creciente a todos los grupos poblacionales. Este se observa en casi una cuarta parte de la población escolar, y en el 17,9 de la adolescente, así como en más de la mitad de la población adulta (56,5 %) (gráfica 5), lo que aumenta potencialmente el riesgo de padecer ECNT como diabetes, enfermedades cardiovasculares y varios tipos de cáncer. Debe resaltarse que el exceso de peso afecta más a las mujeres que a los hombres en los rangos etarios superiores a los 13 años.

El exceso de peso y las ECNT son cuestiones graves en materia alimentaria, del Dhana y del derecho a la salud, porque constituyen un problema de salud pública y explican muy bien la forma como el proceso alimentario se ha venido afectando por el modelo económico y el sistema agroalimentario y nutricional de tipo corporativista correspondiente[4]. Estas formas de violación del Dhana se explican por la instauración de una dieta corporativa que promueve el consumo de productos comestibles ultraprocesados (denominación técnica de la comida chatarra), que se posibilita gracias a la destrucción de la variedad alimentaria, las formas productivas y las dietas tradicionales basadas en la producción y el consumo de alimentos verdaderos. Cabe recordar, además, que ese sistema agroalimentario y nutricional es uno de los principales responsables del colapso ecológico, así como del surgimiento disfuncional de la pandemia del covid-19 y otras que vendrán después (Salcedo, 2020, pp. 18-21).

 

Gráfica 5. Exceso de peso en la población colombiana (porcentaje)

 

Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social et al. (2019, pp. 380, 405, 431, 452).

 

Las evidencias contundentes del hambre en Colombia arriba presentadas dejan ver, sin asomo de duda, que se trata de un problema extendido en el tiempo y la geografía nacional. Por tanto, un problema estructural resultado del modelo económico y la forma como el Estado colombiano desatiende sus obligaciones respecto al Dhana.

La anterior aclaración es relevante pues desmiente la narrativa del gobierno según la cual han sido las movilizaciones las causantes de las privaciones alimentarias y el hambre. Que el actual gobierno la use no es más que parte de una estrategia goebbelsiana, que busca convertir una persistente mentira en “verdad”, con el fin último de ocultar que fueron el hambre crónica y otras violaciones del Dhana, la incapacidad del Estado de dar soluciones a la crisis humanitaria en medio de la pandemia, y la indignación por una reforma tributaria que iba a empobrecer y despojar más a la mayoría de la población, parte de las razones movilizadoras de una protesta social activa que aún se mantienen en el país y que ha sido cruelmente reprimida.

La pandemia empeoró la situación alimentaria en Colombia. Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), durante esta crisis que sigue vigente, 1,6 millones de familias redujeron su alimentación a solo dos comidas diarias (DANE, 2021b), y la severidad de la pobreza se acrecentó con 3,5 y 2,8 millones de nuevas personas en situación de pobreza monetaria y pobreza monetaria extrema, respectivamente (DANE, 2021a). Es decir, el hambre estructural se agravó por efectos de algo que no se esperaba y, ante lo cual, el gobierno tampoco quiso responder adecuadamente.

En efecto, mientras los trapos rojos, emblemas del hambre, se convirtieron prácticamente en la bandera nacional, no hubo voluntad política para generar alternativas viables que posibilitaran la llegada de/acceso a alimentos verdaderos a las poblaciones afectadas. Esto hubiera ayudado mucho a quienes en el campo vieron represar los alimentos producidos y a quienes en las ciudades, principalmente, perdieron su trabajo y la capacidad de alimentarse debido al confinamiento. Esta situación reveló también la carencia de mecanismos estatales efectivos y con enfoque de derechos humanos para afrontar crisis alimentarias de gran envergadura. De hecho, el país fue testigo de que este gobierno incumplió con su obligación de proteger el Dhana, al propiciar la donación industrial y el lavado de marca de las empresas al entregar productos comestibles ultraprocesados (PCU) a las personas afectadas (Vélez y Chalela, 2021), cuando lo que se requería era el flujo y la entrega permanente de alimentos verdaderos.

Es necesario recordar que esta situación de hambre en Colombia y las graves violaciones/vulneraciones del Dhana son resultado de un modelo económico que, según Suescún y Fuerte (2021), se caracteriza en el campo por lo siguiente:

– La problemática de la concentración de la tierra rural.

– Los conflictos de uso del suelo.

– La destrucción de la producción de alimentos en favor de una creciente importación (casi 13 millones de toneladas de productos agropecuarios en 2017)

– La puesta en marcha de políticas públicas para el campo que discriminan a los y las pequeñas productoras y a la economía campesina.

 

Falta de voluntad política frente al DHANA y la paz 

La ausencia de voluntad política de este gobierno frente al Dhana no se ejemplifica únicamente con lo ocurrido en la pandemia. El Acuerdo de paz firmado en 2016 entre el Estado colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (Farc-EP)[5] obliga al Estado a implementar un sistema progresivo para la garantía del derecho a la alimentación, que hasta ahora ni siquiera se ha diseñado. Al respecto, FIAN Colombia, con el apoyo/aportes de varios congresistas y organizaciones sociales, elaboró un proyecto de ley que buscaba implementar ese sistema (Senado de la República, 2019), e incluía transformar la instancia rectora de la política alimentaria, así como garantizar procesos participativos reales y con capacidad decisoria, a los y las titulares de derechos. Dicho proyecto de ley, al que por supuesto se oponía el Gobierno, no logró avanzar lo suficiente para su aprobación y será de nuevo presentado en la legislatura que inicia en julio de 2021.

Lo único públicamente conocido del accionar estatal respecto a ese punto del Acuerdo, es que la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (Cisan), elaboró un Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (Sistema Integrado de Información para el Postconflicto, s. f.), el cual no fue construido de manera transparente y participativa.

El no avance en ese sistema, con participación amplia de los y las titulares del Dhana, no solo es una afrenta contra la paz, sino contra los mandatos internacionales que ordenan garantizar dicha participación. Cabe subrayar, además, que si el tema alimentario fue crucial en lo decidido en el Acuerdo de Paz, es porque las violaciones del Dhana y la soberanía alimentaria explican en parte el carácter histórico del conflicto en Colombia.

 

La inobservancia por parte del Estado de sus obligaciones frente al Dhana 

No hay dudas sobre el amplio incumplimiento estatal respecto a sus obligaciones con el Dhana, y es evidente que las obligaciones de tomar medidas, no discriminar, respetar, proteger y hacer efectivo el Dhana, no han guiado las acciones del actual gobierno. Esta inobservancia va en contra de los tratados internacionales de derechos humanos firmados por Colombia en donde se abordan el Dhana[6], los desarrollos normativos o aclarativos subsiguientes[7], y las declaraciones de derechos humanos específicas cuyos contenidos debe respetar el Estado, independientemente del apoyo que les haya dado[8].

El gobierno tampoco avanzó en lo más mínimo en las recomendaciones hechas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) en 2010 y 2017: implementar una política alimentaria que combata el hambre y la malnutrición, especialmente de niñas, niños y adolescentes, las mujeres, las personas desplazadas y de las zonas rurales; priorizar la producción interna de alimentos apoyando a los pequeños productores (Acnur- Comité DESC, 2010); superar la inseguridad alimentaria en todo el país y fomentar una alimentación más saludable; mejorar la productividad de los pequeños productores y su acceso a mercados locales; intensificar los esfuerzos para combatir los impactos del cambio climático (Oacnudh-Comité DESC, 2017).

Todo, además, pasando por encima de lo estipulado en los artículos 44, 64, 65 y 93 de la Constitución Política de Colombia.

 

Gobernar para los poderosos y dejar que el Estado sea (más) capturado 

El actual gobierno se ha caracterizado por gobernar para los poderosos también en materia alimentaria, anteponiendo sus intereses por sobre los de la población. Uno de los ejemplos es la firma del “Pacto por el crecimiento y para la generación de empleo del sector de alimentos procesados”, en 2019, cuyo fin es que el campesinado termine absorbido por las industrias encargadas de elaborar productos comestibles ultraprocesados, condicionando así lo que deben producir. Esto contraría la vital urgencia de protegernos del consumo de esos productos, salvaguardar las formas rurales de vida y sus economías y, de suyo, la variedad alimentaria que se requiere para enfrentar el hambre y las violaciones del Dhana y para dar mayores capacidades de sobrevivencia a la población en el contexto del colapso ecológico y la destrucción planetaria.

La captura corporativa del Estado en materia alimentaria, que es tanto una dinámica como un proceso, se puede atestiguar también en la impune injerencia de las empresas de productos comestibles ultraprocesados en los esfuerzos coordinados gobierno-empresariado de impedir que fuera aprobada una ley contra la “comida chatarra” (Cámara de Representantes y Senado de la República, 2020). En efecto, no solo atacaron sin descanso esa iniciativa fundamentada en los derechos humanos (especialmente el Dhana y la salud), sino que durante el proceso final de adopción de la ley (marzo a junio de 2021) lograron que se eliminaran unos artículos que reforzaban la protección de las personas frente al consumo de esos productos.

La aprobación de la ley significó una seria derrota para el gobierno y las industrias. Previendo ese escenario, durante el proceso legislativo el gobierno no cejó en la defensa de los intereses de las empresas, bien mediante conceptos ministeriales en contra de la ley o de sus elementos claves, bien impulsando una resolución del Ministerio de Salud que reglamenta el etiquetado y que narrativamente han promovido como suficiente y preeminente sobre la ley, así como producto de un supuesto proceso participativo que incluyó a la sociedad civil (Ministerio de Salud y Protección Social, 2021). Este último punto denota cuán mendaz e inescrupuloso ha sido el gobierno, ya que las organizaciones de la sociedad civil con experticia en el tema se opusieron tanto al proceso de la resolución, como a la injerencia de la industria en él, y señalaron la carencia de rigor científico de elementos cruciales de su contenido.

Otra muestra de la postura proindustria del gobierno es el proceso del diálogo nacional preparatorio a la Cumbre de Sistemas Alimentarios que se llevará a cabo en 2021. En ese proceso decidieron no participar la mayoría de organizaciones del campo y de derechos humanos, porque es ilegítimo en la medida que busca, desde el Estado y quienes han organizado globalmente la Cumbre, que dichos espacios, capturados por la industria (FIAN Internacional, 2020), sean una plataforma para movilizar las propuestas de las grandes corporaciones. Estas se enfocan principalmente en las llamadas falsas soluciones al hambre (basadas en tecnologías extractivistas dependientes del control digital, el uso de agrotóxicos y la no transformación del modelo productivo), la cesión de la gobernanza alimentaria a las empresas (antítesis irreductible de la soberanía alimentaria), y la destrucción de cualquier atisbo de decisión democrática real en lo que sería un camino hacia sistemas alimentarios no corporativos (Vidal, 2021).

Para finalizar, es preciso resaltar que a pesar de la grave situación del Dhana y la soberanía alimentaria en Colombia, y las claras violaciones de esos derechos por parte del actual gobierno y el Estado, crecen los procesos de resistencia y movilización en favor de un mejor futuro alimentario. Los debates sobre el hambre en el país y la perspectiva de la soberanía alimentaria que se han dado en el contexto de las movilizaciones (incluidas las ollas comunitarias), así como las redes solidarias campesinas construidas para garantizar el flujo de alimentos en plena pandemia, son una muestra de cómo durante el último año han surgido nuevos caminos de resistencia en lo alimentario que se suman a otros que siguen en marcha desde hace tiempo.

 

Referencias

Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur) – Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2010). Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto. Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Colombia. E/C.12/COL/CO/5. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2012/8761.pdf

Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) (2021a). Comunicado de prensa pobreza monetaria. DANE.

Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) (2021b). Encuesta Pulso Social. Resultados Séptima Ronda. DANE. https://bit.ly/3z5j7OQ

Doughman, R. (2021). El estado del Derecho a la Alimentación de la población migrante venezolana en Colombia. En FIAN Colombia, Un país que se hunde en el hambre. Cuarto informe sobre la situación del derecho a la alimentación y nutrición adecuadas en Colombia (en edición).

FIAN Colombia (2021). Un país que se hunde en el hambre. Cuarto informe sobre la situación del derecho a la alimentación y nutrición adecuadas en Colombia (en edición).

FIAN Internacional (2020). Las OSC exigen una cumbre democrática. Cientos de ONG manifiestan su preocupación por el rol que el Foro Económico Mundial jugará en la Cumbre Mundial sobre Sistemas de Alimentación de 2021. https://www.fian.org/es/noticia/articulo/las-osc-exigen-una-cumbre-democratica-2276

Ministerio de Salud y Protección Social et al. (2019). Encuesta Nacional de la Situación Nutricional. ENSIN 2015. Ministerio de Salud y Protección Social.

Morales, J. (2018). Neoliberalismo, poder corporativo, sistema agroalimentario y nutricional de tipo corporativista y los desafíos para el derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas. En Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas. FIAN Colombia. https://fiancolombia.org/2018/07/15/fian-colombia-lanza-el-proyecto-editorial-perspectivas-sobre-derecho-a-la-alimentacion-y-nutricion-adecuadas/

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh) – Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) (2017). Observaciones finales sobre el sexto informe periódico de Colombia. E/C.12/COL/CO/6. https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E/C.12/COL/CO/6&Lang=Sp

Salcedo, H. (2020). La pandemia del coronavirus: una reflexión crítica sobre los patrones alimentarios corporativos. Observatorio del Derecho a la Alimentación y a la Nutrición. https://www.fian.org/files/files/2020_RtFN_Watch12-Covid_SPA.pdf

Sistema Integrado de Información para el Postconflicto (s. f.). Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación. https://siipo.dnp.gov.co/vistaciuddanodetallato/14

Stompanato, F. (2021). Presentación de los resultados de la encuesta a migrantes y refugiados venezolanos en Colombia, Perú y Ecuador. Acnur, World Food Programme. https://data2.unhcr.org/es/documents/details/85360.

Suescún, C. y Fuerte, A. (2021). Sesgos y deudas con el derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas en Colombia: análisis de algunos factores estructurales a la luz de las políticas públicas recientes. En FIAN Colombia, Un país que se hunde en el hambre. Cuarto informe sobre la situación del derecho a la alimentación y nutrición adecuadas en Colombia (en edición).

Vélez, A. y Chalela, N. (2021). Garantía del derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas de niñas, niños y adolescentes en Colombia durante la emergencia sanitaria originada en la propagación del covid-19. En FIAN Colombia, Un país que se hunde en el hambre. Cuarto informe sobre la situación del derecho a la alimentación y nutrición adecuadas en Colombia (en edición).

Vidal, J. (2021, 4 de marzo). Farmers and rights groups boycott food summit over big business links. The Guardian. https://www.theguardian.com/global-development/2021/mar/04/farmers-and-rights-groups-boycott-food-summit-over-big-business-links.

Normas

 

Proyecto de Ley 171 del 31 de julio de 2030. Por la cual se crea el Sistema Especial para la Garantía Progresiva del Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas, se modifica la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional y se dictan otras disposiciones. Senado de la República.

Proyecto de Ley 347 de 2020. Por medio de la cual se adoptan medidas para fomentar entornos alimentarios saludables y prevenir Enfermedades no Transmisibles y se adoptan otras disposiciones. Cámara de Representantes y Senado de la República.

Resolución 810 del 16 de junio de 2021. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados o empacados para consumo humano. Ministerio de Salud y Protección Social.

* Autores individuales: Juan Carlos Morales González, Paola Romero Niño, Yubisa Arredondo, Liliana Vargas, Juliana Millán.

[1] Las cifras aquí mencionadas son adaptadas de FIAN Colombia (2021).

[2] Los datos del autor se basan en Stompanato (2021).

[3] Cabe resaltar que la anemia no es la única expresión de hambre oculta. Las deficiencias de yodo, cinc, vitaminas y otros oligoelementos también es preocupante en el país y tienen graves consecuencias para la vida y vitalidad de las personas. No daremos cifras de estas deficiencias debido a las restricciones de este artículo.

[4] Este sistema, regido e impulsado por las corporaciones, tiene como consecuencias, entre otras, la destrucción de la capacidad productiva de los productores primarios de alimentos, la imposición de la lógica del mercado en el proceso de intercambio alimentario, la consolidación de una dieta corporativista o dieta corporativa, la violación amplia de los derechos humanos (incluyendo la alimentación) y la destrucción planetaria. Todo facilitado por un violento proceso de captura corporativa de todas las instancias de decisión (véase Morales, 2018, pp. 25-26).

[5] El nombre completo del acuerdo es Acuerdo final para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera. Se firmó en noviembre de 2016.

[6] Por ejemplo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 25), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art. 11), la Convención Sobre los Derechos del Niño (art. 27), la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (art. 12) y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, «Protocolo de San Salvador» (párrs. 12 y 17).

[7] Como la Observación General No. 12. El derecho a una alimentación adecuada.

[8] Es el caso de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales (art. 15, entre otros).