Justicia en riesgo: balance de ataques y amenazas en Colombia
Campaña por la Independencia de la Justicia
La independencia judicial es un principio de la administración de justicia que se interrelaciona con el principio de separación de poderes para fortalecer la democracia y la vigencia de los derechos humanos (Sentencia de constitucionalidad C-285, 2016). Tras estas concepciones subyacen desarrollos teóricos y políticos condensados en la Constitución Política que en su artículo primero reconoce a Colombia como Estado Social de Derecho, república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, pluralista y participativa, fundada en el respeto de la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad y la prevalencia del interés general.
En ese escenario, el alcance de la independencia judicial no es un asunto menor en tanto guía la organización estatal. El artículo 228 constitucional establece que la administración de justicia es una función pública con independencia de sus decisiones, su funcionamiento será desconcentrado y autónomo, y sus actuaciones serán públicas y permanentes salvo excepciones legales. Igualmente, según el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y el artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos toda persona tiene derecho a ser oída con las debidas garantías, en un plazo razonable por un juez o tribunal independiente, competente e imparcial.
Pese a los múltiples estándares jurídicos nacionales e internacionales relativos a la independencia judicial como la Constitución, la jurisprudencia, los tratados internacionales y un amplio desarrollo en el soft law[1], es evidente su desconocimiento por parte del gobierno Duque que busca consolidarse como un régimen autoritario. El gobierno Duque ha desacatado decisiones judiciales y ha cooptado los organismos de control, y ello se ha agravado desde el pasado 28 de abril con el inicio del paro nacional. En ese orden de ideas, a continuación se recogen los principales planteamientos que esta campaña ha desarrollado al respecto.
El gobierno Duque profundiza las problemáticas estructurales de la justicia
Las desigualdades históricas causadas por la ausencia del Estado en los territorios (Schwertheim, 2013, pp. 1-2) afectan el desempeño de la justicia para quienes necesitan acceder a ella. A su vez, el impacto del conflicto armado y otros fenómenos de violencia organizada afectan la justicia, e incluso generan amenazas contra funcionarios judiciales, de tal forma que el Fondo de Solidaridad con los Jueces Colombianos (Fasol), desde enero de 2019 hasta junio de 2021, registró seis homicidios, 26 amenazas, 12 atentados, tres judicializaciones, seis desplazamientos, un exilio y un acceso carnal violento contra dichos funcionarios.
En territorios habitados por pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos los mecanismos jurídicos son precarios y el acceso a la justicia es limitado, lo cual dificulta la protección de derechos vulnerados. Es el caso de 54 municipios de Chocó, Nariño, Putumayo, Córdoba, Antioquia y Cauca habitados por más de 2,3 millones de personas (39 % afros y 11 % indígenas), que para 2019 solo contaban con un policía judicial, un procurador, un funcionario de Medicina Legal, un defensor comunitario, un representante de víctimas y un defensor de familia por cada 100.000 habitantes (Barros, 2019).
Estas situaciones afectan la confianza y credibilidad de la justicia por parte de la población. Desde febrero de 2019 hasta junio de 2021, la percepción ciudadana desfavorable del sistema judicial colombiano se ha mantenido en un promedio del 80 % (Corporación Excelencia en la Justicia, 2021), producto de la ausencia estatal, el manto de impunidad que busca este gobierno y la aprobación de reformas que no resuelven las problemáticas estructurales que afectan a la justicia.
Ataques del gobierno Duque a la justicia: desacatos, cooptación y amenazas al funcionamiento de las instituciones
El gobierno Duque ha cooptado y anulado la autonomía de la Fiscalía desconociendo los estándares jurídicos que deberían orientar las directrices encaminadas al cumplimiento de las funciones de la institución. Esto explica la deficiente respuesta institucional a los ataques sistemáticos contra líderes sociales que deben investigarse hasta llegar a su juzgamiento y sanción. Es reprochable la afirmación de Barbosa según la cual el esclarecimiento de estos casos asciende al 60 %, entendiendo por “esclarecimiento” cualquier avance procesal aunque no sea significativo (CEEUU, 2021). Criticable también la vigencia de la Circular No. 003 de 2018 actualizada en julio de 2019[2], pues frena el avance de procesos contra agentes de la Fuerza Pública comparecientes ante la JEP, y que el fiscal ha defendido pese a contrariar los derechos de las víctimas (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2021b, pp. 1-2).
Organismos de control como la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación tampoco se escapan de la cooptación. Por un lado, para encabezar la Defensoría del Pueblo, Duque ternó a Carlos Camargo quien resultó electo pese a la falta de preparación, experiencia y su cercanía al gobierno, que ponen en entredicho el cumplimiento de su mandato constitucional en un contexto de recrudecimiento de la violencia que tiene como partícipes a agentes estatales (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2020a, p. 2).
Para la Procuraduría General de la Nación se eligió a Margarita Cabello Blanco, exministra de Justicia y del Derecho en el gobierno Duque desde el 11 de junio de 2019 hasta el 17 de agosto de 2020, cuando renunció para aspirar a su actual cargo tras una nefasta gestión que derivó incluso en violaciones de derechos humanos como la masacre en la cárcel La Modelo de Bogotá (Human Rights Watch, 2020). Cabello representa uno de los círculos políticos más poderosos del norte del país por lo que carece de autonomía para asumir investigaciones disciplinarias en contra de pasados compañeros de gabinete o afines políticamente, en especial, quienes pertenecen al “Clan Char” (Duzán, 2020).
Estas maniobras del gobierno Duque alientan el ataque y desacato de las decisiones judiciales. A continuación se señalan algunos de los casos más representativos:
- Duque cuestionó la medida de aseguramiento al expresidente y exsenador Álvaro Uribe por la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia dada la investigación en su contra por fraude procesal y soborno en actuación penal (Corte Suprema de Justicia, 2020). Duque expresó la necesidad de una reforma a la justicia que, según él, parte de un supuesto consenso (Presidencia de la República, 2020), y en consonancia, el Centro Democrático atacó la decisión y señaló la necesidad de una reforma a la justicia, o una asamblea constituyente (Centro Democrático, 2020a; Centro Democrático, 2020b)[3].
- El desacato de la Sentencia STC7641 de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el 22 de septiembre de 2020 en favor del derecho a la protesta, por medio de la cual se emitieron órdenes concretas que, a la fecha, se han incumplido por el ejecutivo y organismos de control, como se explicará más adelante.
- La falta de implementación de la Sentencia T-530 de 2016 de la Corte Constitucional en favor de la autonomía, autodeterminación y autoridad tradicional del pueblo indígena Embera Chamí, resguardo Cañamomo Lomaprieta del Departamento de Caldas (Dejusticia, 2021), que evidencia la interferencia de actores políticos y económicos que se encuentran vinculados al gobierno y a su partido.
- El desacato de la Sentencia T-236 de 2017 y el Auto 387 de 2019 de la Corte Constitucional, sentencias de jueces y tribunales en favor de los derechos fundamentales a la consulta previa, salud y ambiente sano tras los esfuerzos del gobierno en reiniciar el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con Glifosato suspendido por la Corte, y contrario al punto cuarto del Acuerdo final para la finalización del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (en adelante, Acuerdo de paz) que privilegia la sustitución voluntaria y concertada (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2021c, pp. 1-2).
En consecuencia, Duque eligió su juez de tutela por medio del Decreto 333 de 2021, desconoció la separación de poderes, el derecho de acceso a la justicia y las dinámicas de las comunidades que la justicia en territorios conoce de primera mano. Días después se expidió el Decreto 380 de 2021 que regula el control de riesgos para la salud y medio ambiente en el marco de la erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea, y evidencia la ambición del gobierno por retomar la erradicación forzada, en contravía de las decisiones judiciales.
El gobierno ha desacreditado y entorpecido las funciones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), ha desconocido el quinto punto del Acuerdo de paz, los derechos de las víctimas y las obligaciones jurídicas en la materia. Así, entre 2018 y 2019, el descrédito de la JEP creció con el “montaje” en el que se señaló a Jesús Santrich –excombatiente– como transgresor del Acuerdo de paz, estigmatizando a todos los firmantes del mismo. Dicho montaje fue llevado a cabo por el exfiscal Néstor Humberto Martínez con respaldo del gobierno nacional y la Drug Enforcement Administration (DEA) (Bohórquez, 2020).
Posteriormente, Duque entorpeció el funcionamiento de la JEP cuando objetó seis de los 159 artículos de la Ley Estatutaria para la Administración de Justicia, incumpliendo el Acto Legislativo 02 de 2017 que contempla la obligación de cumplir de buena fe lo acordado. Sin embargo, la Corte Constitucional ordenó la sanción presidencial de dicha ley, a lo que Duque respondió:
Acato como colombiano y defensor de la legalidad (…) Pero nunca dejaré de defender los principios que han motivado al pueblo colombiano para que tengamos una paz con justicia, una paz en la que todos creamos. (BBC News Mundo, 2019)
La JEP fue amenazada con los proyectos de Acto Legislativo 024 y Ley Estatutaria 327 de 2020 radicados por congresistas del Centro Democrático. Ambos tienen el propósito de derogar la JEP y promueven aspectos más favorables para agentes de la Fuerza Pública frente a los excombatientes que, para este partido político, siguen impunes. Además, se buscó atacar su funcionamiento al desfinanciarla y afectar la satisfacción de derechos de las víctimas, testigos e intervinientes. Para 2020 el presupuesto de funcionamiento fue de 201.713,9 millones de pesos, y para 2021 fue de 211.590,8 millones de pesos, y pese a este incremento, continua desfinanciada en un 20 % necesario para su operación en 2021 (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2020b, pp. 1-2).
Decisiones como el Auto 19 del 28 de enero de 2021 proferido por la Sala de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y de determinación de los hechos y conductas de la JEP (SRVR) , mediante el cual se imputaron crímenes internacionales a miembros del antiguo secretariado de las Farc-EP en el macrocaso 001 relativo a la “Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad”, fue atacado por Duque al sugerir las sanciones que debería imponer la JEP, lo que se traduce en una intromisión indebida en su actividad y un ataque a su independencia (Presidencia de la República, 2021).
Posteriormente, con el Auto 033 del 12 de febrero la SRVR anunció la priorización en casos de ejecuciones extrajudiciales presentadas como bajas en combate, reveló que 6.402 personas fueron asesinadas entre 2002 y 2008. No obstante, el 24 de febrero el presidente Duque nuevamente desacreditó a la JEP al señalar una presunta estrategia de desprestigio contra las Fuerzas Armadas (AS, 2021), tal como lo hizo también Diego Molano, ministro de Defensa (Gómez, 2021).
El paro nacional: escenario de los ataques del gobierno Duque
El 28 de abril de 2021 inició un estallido social que marca la historia reciente del país. Miles de personas se tomaron las calles para exigir protección de sus derechos, a lo que el gobierno respondió con represión y violencia de la Fuerza Pública ocasionando más de 7.000 violaciones de derechos humanos (Campaña Defender la Libertad, 2021). El derecho a la protesta ha sido ejercido particularmente por los jóvenes más afectados con las desigualdades manifiestas en la sociedad colombiana, y por ello el gobierno deslegitima su ejercicio del derecho establecido en el artículo 37 constitucional, y además se ha atrevido a señalar qué es y qué no es protesta con la modificación de un acto administrativo (Dcto. 003 de 2021), cuando su regulación exige una Ley Estatutaria al ser un derecho fundamental (Forero, 2021).
La postura de los órganos judiciales es cuestionable, en particular, por una declaración conjunta emitida por presidentes de altas cortes tras reunirse con Duque, pues guardaron silencio frente a las violaciones de derechos humanos, la violencia policial y las extralimitaciones del ejecutivo, salvo dos magistrados de la Corte Constitucional que se apartaron de dicha declaración (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2021d, pp. 1-2).
En este contexto fue manifiesto el desacato de la Sentencia STC7641 de la Sala de Casación Civil, y el desprecio del ejecutivo y los organismos de control a las decisiones judiciales en favor de los derechos humanos. Por ello, organizaciones sociales solicitaron declarar en desacato al presidente de la República, Ministerio de Defensa, Director General de la Policía, Defensoría del Pueblo y Procuraduría General de la Nación, y que se conmine al cumplimiento de las órdenes judiciales. En respuesta la Sala instó a cumplir las órdenes proferidas en la sentencia[4] y solicitó que los organismos de control entreguen informes de lo ocurrido en las protestas desde noviembre de 2019 hasta la fecha (Auto ATC722, 2021).
Ante la gravedad de los hechos, la población y organizaciones sociales solicitaron la presencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Colombia, para que conociera de primera mano las violaciones de derechos humanos, los relatos de las víctimas y los testimonios de los familiares de los jóvenes victimizados. La negativa del gobierno fue evidente desde un inicio, postergó la decisión y finalmente aceptó la visita de la CIDH que se llevó a cabo entre el 8 y 10 de junio tras la presión social interna y de la comunidad internacional (CIDH, 2021). No obstante, las violaciones de derechos humanos y las órdenes incendiarias no cesaron.
Los gobiernos se relevaron con el Decreto 575 de 2021 del Ministerio del Interior, en contravía de los artículos 1, 2, 37 y 287 de la Constitución, los artículos 1.1, 2, 13 y 15 de la CADH. Es una amenaza a la protesta y a los gobiernos locales que no cumplan con tal Decreto que privilegia la asistencia militar en ciertas ciudades y departamentos del país, encubre una conmoción interior que requiere control de la Corte Constitucional que el ejecutivo quiere evitar a toda costa. En esta misma línea, la Procuradora Cabello ha llegado a amenazar con investigaciones disciplinarias contra mandatarios que no cumplan las órdenes del gobierno nacional (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2021e, pp. 1-3).
El fiscal general estigmatizó la protesta social al relacionarla con grupos armados, con fines delictivos y justificó la judicialización de manifestantes presentados como “vándalos”. Optó por estrategias ilegales para destacar su trabajo, como ocurrió con el montaje judicial contra tres jóvenes de Soacha que buscan vincular con el homicidio de un comandante de la SIJIN. El fiscal ha desconocido también el ordenamiento jurídico al permitir la extinción de dominio de vehículos que bloquearon vías del país en el marco del paro nacional (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2021d, pp. 2-3)[5]. De otro lado, ha sido evidente el incumplimiento de la función del Defensor del Pueblo de velar por la vigencia de los derechos humanos, razón por la cual la sociedad, organizaciones e inclusive el personal que se encuentra bajo sus órdenes en la Defensoría han exigido su renuncia (Infobae, 2021b).
Este escenario se ha aprovechado para aprobar reformas inconstitucionales como ocurrió con la más reciente al Código Disciplinario, presentada por la Procuradora Cabello en supuesto cumplimiento de la sentencia proferida en junio de 2020 por la Corte Interamericana en el caso Petro Urrego vs. Colombia, y que le permite concentrar competencias ajenas a la Procuraduría: funciones de policía judicial y funciones jurisdiccionales. Con ello, la Procuradora desconoce la naturaleza de su institución y el principio de separación de poderes. Esto se agrava con la persecución contra tres congresistas de la bancada de oposición que denunciaron las violaciones de derechos humanos, a los máximos responsables y a civiles que bajo una lógica paramilitar han atacado a los manifestantes (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2021f, pp. 1-3).
En este contexto, la Campaña se ha pronunciado para rechazar los ataques a la justicia, la democracia y a los derechos humanos que, como el derecho a la protesta, el Estado vulnera sistemáticamente.
Conclusiones
El presidente Duque ha desplegado múltiples estrategias para atacar la independencia judicial, las decisiones judiciales, la autonomía de las instituciones y la defensa de los derechos humanos en un país históricamente golpeado por la violencia, la desigualdad económica y social.
Aunque los ataques a la independencia judicial no son nuevos, en este gobierno se han profundizado e incrementado considerablemente, poniendo en riesgo el respeto y la garantía de quienes acceden a la justicia. Esta situación, además de las limitaciones institucionales desencadenadas con la ausencia del Estado en los territorios, ha minado la confianza y credibilidad en el sistema judicial.
Por ello es necesario pensar en una reforma a la justicia fundada en el respeto a la independencia judicial, considerando problemáticas estructurales derivadas del abandono estatal, el conflicto armado y las dinámicas de violencia en los territorios. Adicionalmente, debe responder a una deuda histórica que está lejos de ser satisfecha, afianzando la pedagogía de la justicia y la exigibilidad de derechos, pues es otro pilar para el fortalecimiento de la justicia y su credibilidad. Esto implica el diálogo entre distintos sectores sociales, actores políticos, organizaciones de derechos humanos y víctimas.
Tras evidenciar una serie de problemáticas no resueltas y de necesidades insatisfechas agudizadas por la pandemia del covid-19, el reciente paro nacional se torna necesario ante un gobierno autoritario que se extralimita en sus funciones, y como un llamado colectivo a la justicia que recoge múltiples exigencias sociales: imponer los controles a las demás ramas del poder, reconocer las desigualdades y las brechas históricas que afectan directamente las dinámicas territoriales y especialmente una justicia independiente e imparcial comprometida en la lucha contra la impunidad y la garantía de los derechos humanos.
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Schwertheim, H. (2013). El Estado colombiano y el sector rural. Ausencia estatal o la violencia. Indepaz. Recuperado el 21 de junio de 2021 de http://www.indepaz.org.co/wp-content/uploads/2013/07/El-Estado-Colombiano-y-el-Sector-Rural.pdf
Sentencia de constitucionalidad C-285 del 1 de junio de 2016. M.P. Luis Guillermo Guerrero Pérez. Corte Constitucional de Colombia. Recuperada el 20 de junio de 2021 de https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/c-285-16.htm
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[1] Especialmente los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura (Asamblea General de Naciones Unidas, 1985) y los Principios Bangalore sobre conducta judicial (Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, 2006).
[2] Con esta circular se orienta a los funcionarios de la Fiscalía General con respecto a sus competencias para adelantar diligencias judiciales en los casos relacionados con el conflicto armado. En estos casos, hasta que se anuncie que será proferida resolución de conclusiones de la que conoce el Tribunal Especial para la Paz, la Fiscalía se abstiene de adoptar decisiones respecto la libertad, la responsabilidad penal y diligencias inclusive en etapas de investigación (FIDH y Cajar, 2020, p. 11).
[3] Tras la renuncia de Uribe a su curul, este proceso llegó a la Fiscalía General de la Nación encabezada por Francisco Barbosa, cercano a Duque y ternado por este, afín a los intereses del partido de gobierno (Campaña por la Independencia de la Justicia, 2021a, p. 1). Barbosa delegó a Gabriel Ramón Jaimes como fiscal del proceso contra Uribe, actuando como su defensor hasta el punto de solicitar la preclusión de la investigación (Fiscalía General de la Nación, 2021), aunque existen elementos suficientes para concluir la ocurrencia de los delitos cometidos por Uribe. Actualmente se espera la decisión relativa a la preclusión.
[4] A los accionados se les ordenó no incurrir en conductas como las que dieron lugar a la acción de tutela. Al Gobierno Nacional se le ordenó la expedición de un acto administrativo en el cual ordene a todos los miembros de la Rama Ejecutiva en el nivel nacional, mantener la neutralidad cuando se produzcan manifestaciones no violentas, incluso si estas se dan como cuestionamiento a alguna de sus políticas. Al Esmad se le ordenó la suspensión del uso de escopetas calibre 12 utilizadas para la intervención en las protestas, a los organismos de control se les ordenó –entre otras– la entrega de informes relativos a los avances en las investigaciones de los hechos ocurridos en el marco de la protesta social, y se ordenó también la concertación de un estatuto para la “Reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana” que fue implementado con el Decreto 003 del 5 de enero de 2021 por el Ministerio del Interior.
[5] En anteriores contextos de protesta social y violaciones de derechos humanos, la Fiscalía General no ha actuado de forma diligente, particularmente, con respecto a las ocurridas entre el 9 y 10 de septiembre de 2020 en Bogotá y Soacha. Estas investigaciones han sido asumidas por los despachos 415, 371, 326 y 58 de la Unidad de Vida de la Fiscalía, sin avances significativos hasta la fecha. Mientras que a nivel disciplinario se conoce que al menos 87 miembros de esta institución son investigados por el gasto de munición durante esas dos noches en diferentes localidades de Bogotá (Infobae, 2021a).